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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Diana Ros

¿Qué tenemos que hacer para quedar legalmente constituidos, además de registrarnos en el Registro Nacional de Asociaciones?

07.07.09

Ya nos hemos registrado en el correspondiente Registro Nacional de Asociaciones.


¿Hay algo más que tengamos que hacer para quedar constituídos Legalmente?


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

18.07.09

Estimada Diana: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: una vez inscrita vuestra entidad en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, debéis de solicitar la tarjeta del C.I.F. y legalizar los Libro de Actas, el Libro de Socios y los Libros de Contabilidad, que se legalizan en el Registro Mercantil correspondiente (o ante notario).
Respecto al C.I.F., tenéis que efectuar la tramitación procedimental ante la A.E.A.T., que os corresponda por el domicilio social de SOS Mujer y, para ello, deberemos llevar:
-Original y fotocopia de los estatutos sellados por el registro correspondiente
-Original y fotocopia del acta fundacional
-Fotocopia de la persona, incluida entre los socios fundadores, que firme el impreso de solicitud, llamado Impreso de Declaración Censal (Modelo 036 ).
Por su parte, los Libros los podéis comprar en las papelerías y ya vienen preparados para poder ser legalizados en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior. No obstante, también es posible llevar estos libros ayudándonos de la informática. A tal efecto, tendríais legalizar hojas sueltas con numeración correlativa en el Registro mencionado y utilizar posteriormente estas hojas para imprimir los libros.
En el caso de que optéis por la legalización de los libros ante el Registro Mercantil correspondiente al domicilio social de la SOS Mujer, se podrán llevar, indistintamente, libros encuadernados u hojas sueltas, numeradas correlativamente, hasta un máximo de 500 por libro.
En definitiva, los Libros de Actas, Socios y de Contabilidad recogen los datos fundamentales de la vida asociativa, y son el referente legal ante terceros y ante los propios socios, de los acuerdos, composición, origen y destino de los recursos económicos de la entidad privada sin ánimo de lucro.
Un cordial saludo y buena suerte.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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