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Consultas Online

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Consulta formulada por:

alonso simon barranco

¿Qué tengo que hacer para el manual de prevención de blanqueo de capitales?

22.02.14

Buenas,

Quisiera saber qué tengo que hacer para el manual de prevención de blanqueo de capitales que estoy un poco perdido y no se qué documentación necesito.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Ramón Perez-Lucena

Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com

Trabaja en:

Asesor particular

26.02.14

Depende de la personalidad jurídica de tu entidad: en principio, caso de fundaciones, no es obligatorio ni aconsejable darse de alta. Menos aún si es una asociación.

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#2

Opinión anónima

26.02.14

La mejor respuesta te la pueden dar en: http://www.sepblac.es/espanol/consultas_al_sepblac/consultas_manual.htm
pertenece a la página Web del Serviciod de Prevención del blanqueo de capitales.

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#3

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

26.02.14

Hola César,
La Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo se te aplica si tienes una FUNDACIÓN o una ASOCIACIÓN.
¿En qué sentido?
Ten en cuenta que el artículo 2.1.x) de la referida norma incluye a todas las Asociaciones y Fundaciones dentro del ámbito de aplicación de la norma y las considera sujetos obligados, pero –indica dicho artículo, eso sí- en los términos establecidos en el artículo 39.
El artículo 39 LPBC establece lo siguiente:

Artículo 39. Fundaciones y asociaciones.

El Protectorado y el Patronato, en ejercicio de las funciones que les atribuye la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y el personal con responsabilidades en la gestión de las fundaciones velarán para que éstas no sean utilizadas para el blanqueo de capitales o para canalizar fondos o recursos a las personas o entidades vinculadas a grupos u organizaciones terroristas.

A estos efectos, todas las fundaciones conservarán durante el plazo establecido en el artículo 25 registros con la identificación de todas las personas que aporten o reciban a título gratuito fondos o recursos de la fundación, en los términos de los artículos 3 y 4 de esta Ley. Estos registros estarán a disposición del Protectorado, de la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo, de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias o de sus órganos de apoyo, así como de los órganos administrativos o judiciales con competencias en el ámbito de la prevención o persecución del blanqueo de capitales o del terrorismo.

Lo dispuesto en los párrafos anteriores será asimismo de aplicación a las asociaciones, correspondiendo en tales casos al órgano de gobierno o asamblea general, a los miembros del órgano de representación que gestione los intereses de la asociación y al organismo encargado de verificar su constitución, en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas por el artículo 34 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, cumplir con lo establecido el presente artículo.

Atendiendo a los riesgos a que se encuentre expuesto el sector, podrán extenderse reglamentariamente a las fundaciones y asociaciones las restantes obligaciones establecidas en la presente Ley.

Por tanto, quedas obligado a aplicar las medidas de identificación formal e identificación del titular real, conservando el correspondiente registro durante el plazo establecido en la Ley.

Te adjunto link con Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Y puedas consultar los artículos referenciados en el art descrito

http://www.boe.es/boe/dias/2010/04/29/pdfs/BOE-A-2010-6737.pdf

Un saludo
Teresa Ferraz

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#4

Respuesta del participante:

alonso simon barranco

26.02.14

muchas gracias por las respuestas a todos

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#5

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

26.02.14

Gracias a ti César
Un saludo
Teresa Ferraz

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#6

Respuesta del participante:

alonso simon barranco

03.03.14

mira que casualidad hoy mismo me ha llegado una carta del banco donde tenemos nuestra cuenta bancaria de que para el tema de la prevencion de blanqueo, etc

que tenemos que presentar memoria de actividades presupuesto del año actual y detalle de subvenciones (en este caso ninguna)

hay alguna guia para realizar esto y ellos tienen que darte una papel como que has entregado todo???

en caso de preveer una serie de actividades y luego hacer alguna mas como lo justificas???

un saludo y gracias

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