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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jorge Crespi Mateu

Queremos cambiar nuestro ámbito territorial a nacional ¿Qué nos aconsejáis en este caso?

24.09.14

Hola,

Tenemos una federación con ámbito territorial en Andalucía y queríamos ampliar el ámbito territorial a toda España y por ende convertirla en internacional para que abarcase todos los países del área mediterránea.

¿Qué pasos deberíamos seguir: modificar estatutos (cambio ámbito, domicilio, nombre, etc) o nos seria mas efectivo crear una entidad nueva? ¿En este ultimo caso qué pasos deberíamos seguir para cancelar la federación existente para integrarla en la nueva organización?

Por cierto, se trata de una entidad cultural (teatro, cine, música, danza, etc.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

08.11.14

Estimado Jorge:: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: inicialmente, debemos de partir, salvo error u omisión por mi parte, de que la Federación de Teatro de Andalucía Oriental está inscrita en el Registro de Asociaciones de Andalucía dependiente de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía. Si estamos en lo cierto, lo que pretendéis llevar a cabo es una modificación estatutaria, ampliando el ámbito de actuación territorial, el cual excedería al de la Comunidad Autónoma de Andalucía, debiendo de estarse a lo previsto en los artículos 16 a 18 del del Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes Registros de Asociaciones (BOE núm. 306, de 23 de diciembre. Corrección de errores en BOE núm. 307, de 24 de diciembre), a cuyo tenor:
Artículo 16. Requisitos.
Para poder inscribir una federación, confederación o unión de asociaciones será requisito indispensable que las asociaciones promotoras estén inscritas en el correspondiente registro de asociaciones.
Artículo 17. Efectos de la inscripción.
Las federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones deberán inscribirse en el Registro Nacional de Asociaciones, a los solos efectos de publicidad.
Artículo 18. Procedimiento de inscripción.
1. Lo establecido en este reglamento respecto a la inscripción de la constitución de las asociaciones será de aplicación a la inscripción de la constitución de federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones.
2. Únicamente, respecto a la documentación que debe presentarse junto con la solicitud de inscripción, será necesario aportar, además, los siguientes documentos:
-En el acta fundacional deberán constar, además de la denominación, números de inscripción y domicilio de cada una de las asociaciones fundadoras, los datos de identificación de los representantes de cada una de éstas.
-Por cada una de las asociaciones que se integren en la federación, confederación o unión de asociaciones, una certificación expedida por las personas o cargos con facultad para certificar, del acuerdo adoptado para su integración y la designación de la persona o personas que represente a la entidad asociativa en el acto constitutivo de ésta.
-Los estatutos deberán ir firmados por todos los representantes de todas las asociaciones fundadoras.
Al respecto, para llevar a cabo la inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior de vuestra federativa de asociaciones, previamente, deberán de ponerse en contacto con el Servicio de Asociaciones de la Delegación de Gobierno en Granada, sita en c/ Azacayas, 14. 18010 - Granada. Teléfono: 958 02 99 40 Fax: 958 02 42 67, para que les indiquen los trámites para llevar a cabo la inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, en los términos establecidos en el Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y de sus relaciones con los restantes Registros de Asociaciones, sin tener que disolver la entidad federativa, a nivel autonómico, y constituir una nueva, a nivel estatal.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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