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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juan Carlos Soto Pérez

Queremos dar de baja nuestra asociación. ¿Qué debemos hacer?

18.03.17

Hola,

Queremos dar de baja nuestra asociación. ¿Qué debemos hacer?

Gracias mil

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Blanca Pérez Álvarez

Equipo SolucionesONG.org

Trabaja en:

Fundación Hazloposible

21.03.17

Hola Juan Carlos,

En esta consulta ya resuelta encontrarás información que te resultará de utilidad:

¿Cuáles son los pasos para dar de baja la asociación en todos los ámbitos?

¡Saludos!

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#2

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

25.03.17

Estimado Juan Carlos: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: como complementaria a la consulta que le remite mi compañera Blanca, al no estar vuestra entidad asociativa inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior s.e.u.o, y tener su domicilio social en Ávila, cabe estar a lo contemplado en el Registro de Asociaciones de la Junta de Castilla y León, en cuyo registro público se distingue respecto a la baja asociativa entiéndase, disolución y liquidación de la misma, a tenor de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y demás disposición de pertinente aplicación, los siguientes trámites procedimentales:
Para el caso de tratarse de una Asociación de ámbito Provincial, la tramitación es la siguiente:
Comprobada y revisada toda la documentación el Secretario Territorial de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en la provincia respectiva emitirá la correspondiente Propuesta de Resolución de inscripción de la disolución.
Una vez acordada la disolución por Resolución del Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en la provincia respectiva, se procede a realizar la oportuna anotación y se remite copia autentificada al Ministerio del Interior.
CENTRO ADMINISTRATIVO
Órgano que gestiona: Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León -Pasaje del Císter, 1 - C.P.: 05001 - Ávila (Ávila)
Teléfonos:
920 355 000 Ext. 810029
920 355 000 Ext. 810030
Fax: 920 355 182
e-mail: asociaciones.avila@jcyl.es.
Órgano que resuelve: Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.
TERMINACIÓN DEL EXPEDIENTE
Plazo de Resolución expresa: Tres meses.
Efectos del silencio administrativo: Estimatorios.
Si vuestra entidad fuera de ámbito Autonómico, la tramitación procedimental sería la siguiente:
Una vez completa la documentación, el Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en la provincia respectiva remite informe-propuesta, de la inscripción de la disolución de la Asociación, a la Secretaría General de la Consejería de la Presidencia.
Una vez dictada la correspondiente Resolución es remitida a la Delegación Territorial competente para que proceda a la inscripción de la disolución. A continuación se remite copia autentificada de la misma al Ministerio del Interior.
CENTRO ADMINISTRATIVO
Órgano que gestiona: Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León.
Órgano que resuelve: Secretario General de la Consejería de la Presidencia.
TERMINACIÓN DEL EXPEDIENTE
Plazo de Resolución expresa: Tres meses.
Efectos del silencio administrativo: Estimatorios.
Documentación
La instancia y demás documentación podrá presentarse en los Registros de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, así como en cualquiera de los sitios previstos en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e ira dirigida a la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de la provincia donde tenga su sede la citada Asociación -en vuestro caso, Ávila.
Documentación a presentar:
1. Solicitud de Inscripción del acuerdo de disolución de asociaciones de ámbito provincial / Inscripción del acuerdo de disolución de asociaciones de ámbito autonómico ,  formulada por el representante de la entidad en la que figuren los datos de identificación del solicitante (nombre, número del documento de identidad, domicilio y número de teléfono) y la identificación de la asociación que representa (nombre, CIF, número de inscripción en el Registro Autonómico de Asociaciones y domicilio).
2.Acta de la reunión de la Asamblea General Extraordinaria convocada al efecto, o certificado de ésta firmado por los representantes de la entidad, en el que conste la causa que determine la disolución, el cese de los órganos de gobierno y representación o su conversión en liquidadores si los Estatutos no establecen otra cosa, el nombre y dos apellidos, la nacionalidad, el número del documento de identidad y domicilio las personas encargadas de la liquidación del patrimonio (adjuntando copia del DNI o de la documentación acreditativa de su identidad), las normas adoptadas para la liquidación y aplicación del patrimonio de la asociación, quórum de asistencia y resultado de la votación.
3.Certificado de la Comisión Liquidadora, cuantificando el haber resultante, el destino que se ha dado a los bienes y la aceptación expresa de los destinatarios. (La Comisión Liquidadora solicitará la cancelación de los asientos en el Registro, conforme establece el art.18.3, de la Ley Orgánica).
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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