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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Patricia Velasco Ortega

Queremos sellar y actualizar nuestro libro de actas ¿Qué debemos hacer para ponerlo al día?

06.05.14

Hola,

Tenemos el libro de actas desde que se fundó la asociación pero no está sellado por el registro mercantil. Además tampoco tenemos pasadas todas las actas desde hace años. Queremos ponerlo todo al día y no sabemos que debemos hacer.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

07.05.14

La normativa reguladora de las asociaciones no establece la obligación de sellado o diligenciado de los libros, aunque efectivamente se puede hacer (y creo que es bueno) llevándolos al registro mercantil correspondiente. Si no los legalizáis, lo que debéis hacer es pasar al libro por orden cronológico las actas que falten. Si legalizáis el libro, pues de igual manera, una vez legalizado, o antes, incorporad las actas que falten. Lógicamente se va a poner de manifiesto que habrá actas que se han incorporado con posterioridad a la legalización, aunque sean de fecha anterior a la misma. No obstante entiendo que esta circunstancia tampoco tiene una importancia significativa.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

07.05.14

Hola Patricia,
Como dice el compañero Juan no es obligatorio pero si conveniente
En un único libro de actas se transcriben las actas de los órganos de gobierno y representación (asamblea y junta directiva). El formato tradicional es el de un libro encuadernado formado por hojas numeradas y que también puede ser adquirido en papelerías (es idéntico al que se emplea en sociedades), e igualmente se legaliza a su inicio en el Registro Mercantil o ante notario.

La irrupción del ordenador como herramienta básica para el registro y tratamiento de la información también en este campo ha introducido modificaciones en los procedimientos tradicionales de actuación. Ahora es bastante habitual escribir las actas por ordenador y, a este fin, cabe la posibilidad de legalizar hojas sueltas en blanco con una numeración correlativa. Dichas hojas se irán imprimiendo según se redacten las actas correspondientes y deberán ser aprobadas y firmadas de igual manera que lo serían en un libro de actas encuadernado. Completado el conjunto de hojas que fueron legalizadas, deben encuadernarse de forma que dificulte la extracción de cualquier hoja y debe conservarse en la asociación el libro así formado.
Un saludo
Teresa Ferraz

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#3

Opinión anónima

07.05.14

Al pasar las actas al libro de Actas, recordad que deberán firmar quienes fueron en su día, presidente y secretario.
Ya que si no lo hicierais así el libro no tendría ningún valor.
No es obligatorio llevarlo a sellar, pero si que las paginas estén numeradas de manera que no se pueda quitar o añadir.Suerte

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