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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Se debe amortizar un activo de dominio y alojamiento de web si éste es por dos años?

15.12.14

Hola,

¿Se debe amortizar un activo de dominio y alojamiento de web si éste es por dos años? En que cuantía?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

17.12.14

Buenos dias,

Puedes realizar la periodificacion del gasto, mas que la amortizacion, y el porcentaje sera del 50% cads año, suponiendo que la facturacion coincida con el año natural

Saludos

Mariano Romero

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#2

Muy buena

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

17.12.14

Buenos dias,

Puedes realizar la periodificacion del gasto, mas que la amortizacion, y el porcentaje sera del 50% cads año, suponiendo que la facturacion coincida con el año natural

Saludos

Mariano Romero

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#3

Opinión anónima

17.12.14

Me imagino que el dominio va a la cuenta 215 pero desconozco con que cuenta realizar la periodificación del gasto

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#4

Respuesta del participante:

ONG en el anonimato

17.12.14

Pero en el caso de que se trate (del alojamiento y el dominio) de una aportacion de un socio no puedo tratarlo como gasto. Sólo se me ocurre utilizar una cuenta puente la 570 y tratar la aportacion como dineraria y luego realizar la compra y tratar esos conceptos como gasto. Muchas gracias, me servis de gran ayuda.

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