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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Fernández

¿Se devuelve algún porcentaje de la factura emitida por una ONG a una empresa por la prestación de un servicio?

06.10.10

Hola.

Soy el presidente de una asociación sin ánimo de lucro de reciente creación, y tenía una duda.

Un conocido me ha comentado que cuando una ONG u ONL factura por cualquier servicio a una empresa, esta tiene la posibilidad de que le devuelvan un tanto por ciento del importe de factura al ser esta emitida por una ONG u ONL. ¿Esto es cierto?, si es cierto ¿cuánto es el %?

Sé que para donaciones sí que desgrava entre el 10 y 30%, pero este tema de las facturas, no estamos seguros.

Un saludo.

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Respuestas

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#1

Buena

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

06.10.10

Hola Francisco,

Para el caso de las donaciones está claro siempre y cuando se trate de una fundación, una entidad declarada de utilidad pública o una ongd inscrita en el registro de la aecid, sino no es posible.

Pero de las facturas no me consta que se puedan desgravar ni descontar por el mero hecho de haberlas emitido una ONL

Saludos, Eva

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#2

Buena

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

06.10.10

Si se trata de facturas por prestación de servicios será desgrabable al 100% en el impuesto de sociedades como si lo prestara cualquier otra empresa.

Un saludo.-

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#3

Respuesta del participante:

Francisco Fernández

07.10.10

Manuel; entonces la empresa a la que facturemos solo podrá deducírselo como si de un gasto normal y corriente se tratara, ¿no?.

Eva; a ver si estábamos equivocados. Entonces una asociación socio-cultural sin ánimo de lucro, como es la nuestra, inscrita en el RNA, los donantes de esta, ¿no tienen la posibilidad de que le devuelvan el tanto por ciento de la donación?

Un saludo, gracias.

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#4

Muy buena

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

07.10.10

¿Sólo?

Te pongo un ejemplo con el que espero que lo entiendas con mayor claridad:

Supuesto 1

La empresa laquetoca,SL desarrolla venta al por menor de productos de decoración. Uno de sus proveedores es la Asociación miraquebello que entre otras actividades realiza manualidades en barro por sus beneficiarios. Esta asociación vende a la empresa laquetoca,SL sus productos a un precio de 100 Euros y por ello emite la factura 1/2010 .
La empresa laquetoca,sl sabe que dichos artículos tienen en el mercado un precio muy por debajo de su valor (50€) pero desea colaborar con dicha asociación por el desarrollo de su actividad y por eso los paga a 100€.

En este supuesto la empresa laquetoca,SL incorporará en sus resultados 100€ como resultado de dicha compra.

Supuesto 2:
La empresa laquetoca,sl realiza todos los años un donativo a la Asociación miraquebello por importe de 50€ para colaborar en el desarrollo de su actividad.

En este supuesto habría que atender a dos posibilidades:

a) La asociación miraquebello no está acogida a la Ley 49/2002. En este caso la sociedad laquetoca,sl no podrá deducirse nada en su impuesto de sociedades (Art. 14 RDL 4/2004 del IS) por considerarse una liberalidad por parte de la sociedad y por tanto un gasto no deducible.

b) La asociación miraquebello sí está acogida a la Ley 49/2002. En este caso la sociedad laqueteoca,sl podrá deducirse el 35% del importe de su donativo (Art.20 Ley 49/2002) lo que equivale a 17,50 Euros.

Espero que te estos supuestos te aclaren tu pregunta.

Un saludo.-

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#5

Respuesta del participante:

Francisco Fernández

07.10.10

Vale, ahora si que lo he entendido.

Gracias por vuestra atención.

Cierro esta consulta.

Un saludo.

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#6

Respuesta del participante:

Francisco Fernández

07.10.10

Muy buena atención en esta, mi primera consulta.

solucionesong.org
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