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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Se podría contratar y tener actividades lucrativas cuyo único fin es reinvertir, avanzar en los proyectos sociales y ecológicos de la asociación?

15.03.16

Hola,

Somos una asociación de vecinos de una aldea en la que no hay títulos de propiedad pese a ser una población con cientos
de años, autogestionamos todo lo referente a mantenimiento y servicios debido a la falta de apoyo institucional. Queremos avanzar en nuestra organización y querríamos plantear una serie de actividades de muy diversa índole para mejorar la calidad de vida y los servicios sociales, así como en el mantenimiento del entorno ecológico. Cada trabajo diferente ocuparía a un número pequeño de personas: alquiler rural, servicio de marinería, edición de una revista, así como campañas colectivas: conserva de tomate, oliva partía, mermelada de higo…, así como otras tareas que son solo para beneficio interno o mantenimiento, es decir, unas tareas tendrán un lucro y otras no mas todas son igual de importantes. Nuestra pregunta es si se podría contratar y tener actividades lucrativas cuyo único fin es reinvertir y avanzar en los proyectos sociales y ecológicos de la asociación, permitiendo
así también hacer un reparto igualitario del beneficio obtenido. Tengan en cuenta que somos más de 100 familias y sale una infinidad de ocupaciones posibles.

Muchas gracias y espero haber sabido plantear la pregunta.

Saludos

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José María Rodríguez Arias

Trabaja en:

Asesor particular

15.03.16

Buenos días

En resumen y sin entrar a detalle: Sí, pueden hacer todo eso que comentan (siempre y cuando los propios estatutos lo permitan). Lo de «sin ánimo de lucro» significa que no puede haber un dinero repartible entre los socios o asociados con el fin de enriquecerse con las actividades de la entidad, no que deba ser todo gratuito o no puedan ingresar por un lado para invertir en la finalidad de la propia entidad.

Un saludo

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#2

Opinión anónima

15.03.16

Gracias por la pronta respuesta, tal vez no me he explicado suficientemente, se trata de que habrá una serie de trabajos económicamente productivos y otros que tendrán un beneficio social, ambos estarán basados en principios ecológicos, descontando la inversión de los proyectos creemos que se obtendría un beneficio suficiente para poder asalariar como cotizantes en la seguridad social a aquellas personas que desarrollen los diferentes tipos de actividades que pueden llegar a dar la situación de necesitar personal a cargo de forma contínua y a tiempo completo, es decir, sí que habrá un grado de reparto de beneficios, ni que decir tiene que serán salarios muy humildes y que la idea de cotizar es pensando en el día de la jubilación. Entonces, ¿se puede contratar a través de la asociación?
Reitero mi agradecimiento en nombre de la asociación, cualquier ayuda jurídica nos será de gran utilidad.

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#3

Aportada por:

José María Rodríguez Arias

Trabaja en:

Asesor particular

16.03.16

Buenos días

Todo eso que comentas no se considera «reparto de beneficios», puesto que hablamos de salarios y demás. Las asociaciones pueden contratar y desarrollar actividades mercantiles que les permitan, además, reinvertir en su fin social y pagar por el trabajo y demás servicios consumidos.

Ahora bien, fiscalmente todos esos ingresos que tiene la entidad por las actividades «productivas» se tratan básicamente igual que cualquier otra empresa (tiene sus matices). Muchas tiendas de comercio justo (por poner un ejemplo vinculado a lo que ustedes quieren hacer) son asociaciones, pagan a sus trabajadores y demás, y están realizando actos típicamente mercantiles (compran y venden). Tienen, claro, otros proyectos sociales donde invierten lo ganado (el beneficio empresarial, cuando lo hay).

Lo que no se puede hacer, para entendernos, es «repartir dividendos» entre los asociados.

Un saludo

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