Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Francisco Herrera Mijez

¿Se puede cambiar la póliza de vida que el banco te exige suscribir junto con la hipoteca, y pasarla a otro banco con las mismas coberturas de riesgos?

13.10.11

Hola,

Queremos ayudar a las personas que nos ceden el inmueble para nuestra sede tratando de abaratarles los costes de los seguros que suscribieron cuando constituyeron la hipoteca sobre el mismo.

Ya hemos sondeado el mercado y encontrado productos bastante más ventajosos.

La pregunta es: ¿Pueden cambiar su póliza de vida que el banco te exige suscribir junto con la hipoteca, y pasarla a otro banco con las mismas coberturas de riesgos?

¿Cuales serían los pasos a seguir en caso afirmativo?

Aunque la pregunta pueda parecer muy elemental nos vemos obligados a subirla a este foro, ya que el banco nos informa poco y mal al respecto por lo que resulta sintomático que algun interés ocultan.

El seguro esta suscrito con una compañía del mismo Grupo que el banco y nunca te mandan aviso de pago, con lo que hasta telefónicamente, desconocen la cantidad que has de ingresar pues, según ellos, cambia en cada facturación. O sea que cuando llamos a la compañia para requerir dicha información te dicen que nada pueden precisar. El hecho es que cuando te enteras de que te lo han pasado al cobro, lo más seguro es que en la cuenta se cause un decubierto y te “coloquen” los 35 euros de comisión, pues con toda la mala fe, te avisan 10 dias después, por correo ordinario.

Segunda pregunta: ¿Se puede exigir a la compañia que remita un requerimiento de pago previo como hacen todas las demás, con los seguros de coche, vivienda etc.?

Muchas gracias

Un saludo,

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Jorge Ignacio Mata Arribas

Jorge Mata Arribas. Consultor de Empresas www.jma-asesores.com

Trabaja en:

Asesor particular

14.10.11

Estimado Francisco

En primer lugar deseo avisarte de una cosa. Tienes todo el derecho del mundo en querer cambiar cualquier póliza si encuentras algo a un mejor precio o calidad. El problema viene en lo siguiente: la forma de captar este tipo de productos en los bancos es justamente como tú dices “obligar” de alguna forma a quien se hace una hipoteca a concertar un seguro de vida, hogar… con esa misma entidad.

Más allá de la ética y moralidad de estas cuestiones debo avisarte de que, aunque puedes cambiarte, es más que posible que el hecho de cambiarte de seguro haga subir las cuotas de la hipoteca. Por tanto, habría que mirar lo primero del todo el contrato de hipoteca para ver en qué condiciones pone el banco el cambio de producto y si tiene algún tipo de efecto sobre las cuotas a pagar de la hipoteca.

Respecto a la segunda pregunta, no sé hasta que punto podríais obligar a la compañía. Lo más sensato sería poner una reclamación ante el defensor del cliente de la entidad en cuestión y, en caso de que las cosas sigan igual, poner la pertinente denuncia en la oficina de reclamaciones.

Salvo mejor opinión. Saludos

avatar
#2

Aportada por:

José Luis Torres

Abogado

Trabaja en:

Asesor particular

15.10.11

La respuesta de Jore es exacta y completa.

Lo primero que debeis hacer es recabar la documentación del crédito y los seguros, y leerla atentamente.

Una vez hayais tenido una oferta de otra entidad, y asegurados de que ésta sea más ventajosa, hacédsela llegar al banco propio, y tratad de negociar a la baja. Hasta que no vean otra oferta vinculante, no harán nada por mejorar la propia. Y podeis buscar otro tipo de ventajas, ya sea en el tipo, en reducción de precio del seguros, eliminaciòn de comisiones y costes bancarios, o la contratación de otros servicios a coste cero.

avatar
#3

Aportada por:

Cesar Ricardo Vera Ayala

Cesar Vera & Asociados Abogados

Trabaja en:

Asesor particular

15.10.11

Don Francisco si en el préstamo hipotecario se puso la obligación de que tuviere ademas de un seguro de hogar un seguro de vida, eso podría ser una clausula abusiva del banco, ahora bien, si usted no quiere ese seguro, se lo comunica de forma fehaciente a la compañía de seguros con tres meses antes del vencimiento, y suscribe su seguro de vida con la compañía que usted quiera, es probable que usted tenga un tipo de hipoteca bonificada, es decir
le aplican euribor mas 1.20 de diferencial, y ese diferencial empieza a bajar si tiene domiciliada una nómina un 0,10, por ejemplo, si tiene tres recibos, un o,5, si tiene un seguro de vida un 0,10, etc…..
Si no está a gusto con el seguro de su banco, comuníquelo con suficiente antelación y como se dice comunmente no se case con nadie, porque la mayoría de los bancos como no están generando el mismo volumen de negocio, abusan de las comisiones, si no le gusta y teien mejores ofertas, pues fuera, la mayoría son unos depredadores.

En todo caso lo primero que debe hacer es leer las condiciones generales y particulares del préstamo, para saber el alcance de sus derechos y obligaciones, y si no le convence, acuda a la oficina de su banco y por experiencia le puedo decir que algunos bancos incluso antes que se valla a la competencia le ofrecen mejores condiciones, deles Caña.

usted esta en su legítimo derecho de aspirar a las mejores condiciones del mercado.-

Saludos

www.abogadossantacruzdetenerife.es

avatar
#4

Aportada por:

Maria Rodriguez Pardo

Trabaja en:

Asesor particular

15.10.11

Hola Francisco:

Susscribo lo que indica Jorge. Lo primero que hay que hacer es ver lo que establece el contrato de prestamo hipotecario con respecto al tema de los seguros asociados a dicho prestamo. Normalmente la entidad financiera te obliga a suscribir seguro de vida y seguro de hogar. Si la escritura recoge que dichos seguros se suscribirán con una entidad concreta mencionada en la escritura, no hay posibilidad de cambiar de entidad aseguradora, por mucho que te ofrezcan mejores precios, porque ello obligaría a hacer una modificacion de la escritura de prestamo. Si en cambio unicamente se recoge la obligacion para el prestatario de suscribir esos seguros pero no se indica la entidad aseguradora, estas en tu perfecto derecho a cambiar los seguros de entidad, mas ahora que hay ofertas interesantisimas en el mercado.Si el Banco te pone problemas, no dejes de poner una reclamacion ante el defensor del cliente de la entidad y con posterioridad incluso puedes acudir al Banco de España.

Cualquier cuestion adicional no dudes en plenatearla.

Un saludo

avatar
#5

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

15.10.11

Estimado Francisco: en relación con la consulta planteada, paso a informarte lo siguiente: añadiendo a lo que le trasladan por mis compañeros/as de portal, puedo referirle que desde el punto de vista legal no es obligatorio suscribir un contrato de vida para la concesión de una hipoteca. No obstante, hay entidades financieras que dan mejores ofertas si se contratan servicios adicionales, como el seguro de vida.
Pero, una buena parte de las entidades financieras, por no decir la mayoría incluye entre sus condiciones a la hora de conceder un préstamo hipotecario la contratación de una serie de seguros. En general, el número y clase varía en función de las condiciones del crédito, pero cuanto más favorable mayor es también el número de productos financieros a contratar.
No obstante, por más que las entidades financieras traten de imponer sus condiciones, desde un punto de vista legal el cliente sólo está obligado a contratar un seguro del hogar, no el seguro de vida. Además, tampoco tiene por qué contratarlo con el banco o caja de ahorros que le concede la hipoteca, sino que puede hacerlo con cualquier otra entidad financiera o aseguradora.
Lo que ocurre en estos spuestos es que las entidades financieras utilizan su posición de fuerza para obligar al cliente a formalizar también un seguro de vida ligado a la hipoteca lo que por otra parte es una buena medida con sus propias aseguradoras. Al margen de que las condiciones generales de estos seguros pueden no ser las mejores, el mayor problema viene dado porque se contratan bajo una prima única. Es decir, el cliente paga todo el importe del seguro de una sola vez y por adelantado.
Esta práctica habitual suele hacerse como medida disuasoria en caso de que el cliente quiera cambiar el seguro de vida asociado a la hipoteca, algo a lo que por otra parte está en su derecho a no ser que en el contrato hipotecario se indique específicamente lo contrario.
Esta práctica y otras similares que llevan a cabo una buena parte de los bancos y que muchos clientes desconocen y otros consideran legal, ha llevado al Estado a crear un Registro Público de seguros de vida donde consten todos los productos que se contraten para evitar que los beneficiarios se queden sin cobrar por desconocimiento de la existencia del seguro.
Al margen de las presiones de las entidades financieras, muchas veces conviene contratar este tipo de seguros para conseguir importantes rebajas en las condiciones generales del préstamo hipotecario, pero antes siempre conviene pedir toda la información referente al referente al seguro de vida. Además, estos seguros son una buena fórmula para protegerse de cualquier imprevisto.

Espero haberle ayudado.
Cordialmente,
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

solucionesong.org
Un proyecto de