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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Agustín Pérez Amil

Si el patrimonio fundacional de la asociación en el momento de su constitución es de 0 euros. ¿Es posible fundar una asociación?

06.12.11

Si el patrimonio fundacional de la asociación en el momento de su constitución es de 0 euros. ¿Es posible fundar una asociación?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

07.12.11

Hola Agustín

Una asociación si, no se necesita capital fundacional, puede ser 0.

Saludos, Eva

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#2

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

08.12.11

Hola Agustin,
Como ya te han comentado si es posible pero tienes que mencionarlo en los estatutos.
Un saludo.
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com

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#3

Opinión anónima

08.12.11

Estoy de acuerdo con ambos compañeros. Suerte

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#4

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

08.12.11

Estimado Agustín: en relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: inicialmente, debemos de partir de lo referido en el 7.1.j), de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación de aplicación directa en toda España, conforme a lo dispuesto en la Disposición Final Primera, apartado segundo, de dicha Ley Orgánica disponiendo dicho precepto legal lo siguiente:

“1. Los Estatutos deberán contener los siguientes extremos:
j.El patrimonio inicial y los recursos económicos de los que se podrá hacer uso”.

Así pues, serán en los Estatutos de vuestra entidad asociativa donde se contenga el patrimonio inicial y los recursos económicos de los que podrá hacer uso la misma. En caso de que la asociación no disponga de un patrimonio inicial se hará constar dicha circunstancia y ello bastará para dar por cumplimentado este requisito. En cuanto a los recursos económicos de los que podrá hacer uso se deberá tener en cuenta que dispone de: las cuotas de los socios, las derramas, las donaciones, las subvenciones, legados o herencias , etc.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente,
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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#5

Aportada por:

Javier Gómez Sastre

Trabajador social y coordinador Asociación ANDA Alicante.

Trabaja en:

Asesor particular

14.12.11

Buenas tarde Agustín.
La respuesta a tu pregunta es SI. Cada entidad puede comenzar con el patrimonio que estime necesario o que disponga en ese momento. Si en tu caso el patrimonio es 0 euros, deberás hacerlo constar en los estatutos señalando expresamente en el apartado correspondiente: “que la entidad parte con un patrimonio inical de CERO EUROS (0€”).

Con eso todo solucionado. Te lo digo por propia experiencia!

Mucha suerte! Un abrazo.

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