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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Sandra Masdeu Casanova

¿Tenemos derecho a solicitar la devolución del IVA si no estamos exentos de IVA?

17.05.11

Somos una entidad sin ánimo de lucro y al darnos de alta en en censo NO nos acogimos a la exención del IVA, puesto que ibamos a tenemos muchos gastos y queríamos recuperar ese IVA soportado.

A día de hoy los ingresos que percibimos son de subvenciones de entidades bancarias por lo que en las declaraciones trimestrales no repercutimos ningún IVA.

Acabamos de recibir un escrito de la AEAT diciéndonos que no tenemos derecho a solicitar la devolución del IVA, les agradeceríamos que nos pudiesen clarificar este tema, puesto que en breve vamos a realizar fuertes inversiones en construcciones y demás y no estamos dispuesto a perder ese IVA.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

18.05.11

Hola Sandra,

Independientemente de que hayáis solicitado la exención o no, en el momento hagáis actividad económica debéis daros de alta en hacienda en el epigrafe correspondiente. A partir de ahí ya tendrías que presentar trimestralmente las liquidaciones de iva (soportado menos repercutido).

Si ho habéis solicitado el alta en el IAE, no tenéis derecho a solicitar la devoluación del iva.

Saludos, Eva

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#2

Aportada por:

José Manuel Eiré Rodríguez

Auditor Censor Jurado de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

18.05.11

No es cuestión de estar dispuesto o no, para poder deducir el iva soportado teneis que efectuar facturación con iva repercutido, si no haceis facturación evidentemente el iva soportado es más gasto o más valor del inmovilizado, pero nunca sera recuperable

Saludos cordiales

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#3

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

18.05.11

Buenos días, en relación a vuestra consulta si la asociación no realiza ninguna actividad sujeta a iva el iva de las compras no sería deducible,es requisito para poder deducirse el iva hacer una actividad sujeta y no exenta de iva, para poder deducir el iva de las compras.

Como vuestros unicos ingresos son de subvenciones y estas no llevan iva, entonces no podeis solicitar el iva de las compras.

Espero haberos ayudado

Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com

solucionesong.org
Un proyecto de