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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Sonia Martinez Requejo

Tenemos dudas en la gestión de un proyecto para el que nos han concedido una subvención

03.09.09

Vamos a iniciar la actividad gracias a un CAP concedido por la AECID, pero tenemos dudas acerca de las gestiones que debemos hacer en España para formalizarlo todo.

  • ¿Es necesario que alguna persona de la asociación se de de alta como autónomo?
  • Los trabajadores en el proyecto firmarán un contrato mercantil, para la justificación, ¿es suficiente con ese contrato y la factura?
  • ¿Cuáles serían nuestras obligaciones fiscales?
  • En el tiempo de duración del proyecto incluimos tareas de preparación previas, la estancia y las tareas de cierre y justificación finales de vuelta en España, aunque eso no se especifica en la solicitud del CAP, ¿tienen que coincidir necesariamente las fechas de la estancia en terreno con las fechas de inicio y fin del proyecto?
  • ¿Cómo podemos informarnos del seguro que tiene la AECID para cooperantes?
  • ¿Qué plazo tenemos para presentar la justificación al final?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

04.09.09

Hola Sonia.

Hace un par de años trabajé asesorando a una organización muy pequeñita que había recibido una gran subvención de la AECID a través de una CAP. Puedo decirte que no fue nada fácil, sobre todo porque al principio comenzaron a ejecutar gastos con muy buena voluntad pero sin tener en cuenta las bases y criterios de la agencia y luego fue muy complicado ponerlo todo en orden. Mi recomendación es que os toméis las cosas con calma, que planifiqueis cada acción con cuidado y, sobre todo, que seais muy cuidadosos a la hora de ejecutar gastos y guardar los documentos justificativos de los mismos.

Respecto a tus preguntas concretas es dificil responder sin saber exactamente la situación de la asociación pero bueno…

- En principio no hace falta que ningún miembro de la asociación se dé de alta como autónomo… Otra cosa es que penseis pagar un sueldo por el trabajo quee realicen con cargo en la subvención, entonces tendréis dos opciones, o hacer un contrato de trabajo por obra o contratar como autónomo, en ambos casos tendréis que tener cuidado si la persona en cuestión detenta un cargo en la junta directiva…
- ¿A qué te refieres con un contrato mercantil? Los trabajadores del proyecto, si su salario está dentro de la partida Personal Local o Personal Expatriado, necesita de ás nóminas, SS y contrato para la justificación. Si son trabajadores contratados fuera de españa la contratación deberá hacerse según la legislación del país.
- Pues tendréis que pagar el Impuesto de Sociedades, los cargos correspondientes a las personas contratadas y, si no estais exentos, el IVA de todas vuestras adquisiciones.
- No puede en principio haber gastos ejecutados fuera de la fecha de elegibilidad, es decir, las establecidas en el proyecto presentado. Si queriais cubrir gastos de identificación y de evaluacion esto tenia que haber estado especificado en la propuesta.
- no recuerdo muy bien las bases especificas de la CAP pero suelen ser tres meses a partir de la fecha de cierre del proyecto el plazo para presentar el informe final + la justificacion.

Bueno, si teneis cualquier problema podeis contactarme en mi correo personal e intentaré ayudaros en lo que pueda… angelamillan@gmail.com

Suerte

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#2

Aportada por:

Raquel Arévalo

Especialista en Gestión de Proyectos

Trabaja en:

Asesor particular

04.09.09

Estimada Sonia
Comparto el asesoramiento de Sonia, consideró que es preciso dentro de lo que cabe y con la información que nos aportas.
Suerte
Lic. Raquel Arévalo
raquelarevalo@gmail.com

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#3

Aportada por:

Maria Molero

20 años como Directiva de ONGd- 10 años de residencia en países. Formulacion proyectos.

Trabaja en:

Asesor particular

04.09.09

Hola!

Bueno, yo no sé exactamente que es un Cap, pero suponiendo que se trata de cierto tipo de proyecto o programa, entiendo que habreis formulado y presupuestado. Y en ello habra de figurar vuestro personal previsto, fechas de inicio y finalizacion. Y además habrá algun tipo de bases o normativa de justificación.

Esos serían en cualquier caso los puntos de partida. A partir de ahi habria que hablar de margenes de flexibilidad, y normalmente lo mejor es consultar a quien dió el dinero.

O en otro caso plantearos contratar al menos al inicio un tecnico de proyectos con experencia o un/a asesor.

Abrazos!

Meri

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#4

Opinión anónima

05.09.09

Entiendo que el CAP sera en otro Pais, con lo que en un principio teneis que seguir con la normativa laboral del Pais, partiendo que sois una ONG. Quien lidere el proyecto alli y sea ejecutor del proyecto debera de recger todos los justificantes posibles para que la ONG en España pueda hacer la justificacion de gastos teniendo en cuneta la gestion de la misma y los gastos que se van originando del proyecto. Los plazos para la justificacion son anuales, aunque puedes ir haciendo partidas ya que a veces se sobrepasa en cuanto a gastos las subvenciones por viajes y gestiones variadas.

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#5

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

07.09.09

Hola Sonia;

Al margen de lo comentado por l@s compañer@s con los cuales coincido, mi recomendación es que le echeis un vistazo a las bases de la Convocatoria donde salió publicada, allí encontrarás la información que necesitas.

De cualquier forma y resumiendo te comento:
- La partida de Personal; se puede justificar con autónomos, contrato mercantil o nómina, si es mediante nómina recuerda que tendréis que adjuntar el modelo 110, TC1 y TC2 además de la nómina firmada por ambas partes.

- Las obligaciones fiscales no vendrán dadas por el hecho de recibir la subvención sinó por las actividades que hagáis

- las fechas de todos los documentos justificativos del gasto tienen que estar comprendidas entre la fecha de inicio y fin de proyecto, excepto los gastos de identificación (5 meses desde fecha fin presentación solicitudes a la convocatoria) que solo los podréis justificar si los tenéis presupuestados inicialmente.

- El seguro para cooperantes deberéis hablar con la aecid, ellos os ayudaran a hacer los trámites

- El plazo de justificación lo tenéis en las bases, aunque como bien dice la compañera Angela suele ser de tres meses desde la fecha fin de proyecto.

Así mismo, si necesitas más información no dejes de escribirnos a evabuades@riberetaverda.org, un placer ayudarte.

Y sin ninguna intención de hacer publi, te informo de que el próximo viernes día 11 Ribereta Verda comienza la XI edición del curso de justificación de subvenciones para proyectos de cooperación internacional al desarrollo, y creo que os ayudará bastante por las dudas que planteas.

Saludos y ánimo, no es dificil solo que hay que ajustarse a las bases y cumplir con la legislación.

Eva

P.d.: Marieta, la CAP es la Convocatoria Abierta y Permanente de la AECID que suele aprobarse a lo largo del año en tres o 4 convocatorias.

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#6

Aportada por:

Sergio Alcina

Consultor

Trabaja en:

Asesor particular

09.09.09

Hola, Sonia:

Estoy de acuerdo con las respuestas que te han ofrecido, pero entiendo que la contratación del personal debe realizarse tal y como especificarais en el proyecto y el presupuesto aprobados. Si no queda claro os recomiendo que consultéis a la AECID si os van a admitir la justificación con facturas de servicios profesionales.

Espero haberte resultado de ayuda. Un saludo

Sergio Alcina
info (arroba) participacionydesarrollo.net

solucionesong.org
Un proyecto de