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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Josep Bernabeu Abelló

¿Tenemos que adaptar nuestra contabilidad según el nuevo Real Decreto?

30.11.11

Somos una entidad sin ánimo de lucro de ámbito autonómico en forma de club deportivo. Una vez leído el BOE del Real Decreto de 24 de octubre sobre la adaptación de los planes contables de las entidades sin ánimo de lucro, publicado el pasado 24 de noviembre, no tenemos claro si estamos obligados o exentos de realizar dichas adaptaciones.

Por si les puede ayudar, les explicamos que tenemos 1 trabajador fijo, 3 fijos discontínuos y 14 temporales.

Nuestro balance del 2010 arroja una cantidad de 106.798,40 euros. No somos ni fundación ni entidad de utilidad pública.

Quisiera que me aclararan brevemente cuales son las condiciones para estar obligados a adaptar nuestro plan contable a los requisitos que marca este Real Decreto.

Muchas gracias.

Este tema tiene un documento que lo complementa. ¡Descárgalo!

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

01.12.11

Según el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos, el Plan General de Contabilidad para ESFL sólo es de aplicación obligatoria para las fundaciones de competencia estatal y asociaciones declaradas de utilidad pública.

Concretamente dice su artículo tercero: “Ámbito de aplicación de las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos.
1. Las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos, serán de aplicación obligatoria para todas las fundaciones de competencia estatal y asociaciones declaradas de utilidad pública. En particular, les serán de aplicación a las fundaciones del sector público estatal que integran el sector público fundacional”

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Opinión anónima

01.12.11

Hola Josep,
La adaptación sectorial del NPGC para ESFL, solo es obligatoria para las entidades de ámbito estatal.
Si sera bueno que le echéis un vistazo al plan de cunetas para que os sirva de guía para el vuestro.
Salvo mejor opinión,

Saludos,
Conrad

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