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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Nuria Franch ors

Tenemos que hacer una factura al ayuntamiento pero no tenemos cuenta bancaria ¿Cómo podemos cobrar el pago?

05.09.17

Hola,

Tenemos una asociación y tenemos que hacer una factura al ayuntamiento pero no tenemos cuenta bancaria y no queremos tenerla. ¿Cómo podemos cobrar el pago?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan Manuel García García

Economista, Auditor no ejerciente. Miembro del ROAC. Especialista en Fundaciones y ONL. Miembro del equipo de GP7. Director Financiero del Grupo Fundación DFA

Trabaja en:

Asesor particular

06.09.17

Dudo mucho que un ayuntamiento quiera hacer un pago en metálico. Además si el importe es superior a 2.500 € está totalmente prohibido el pago en metálico por Hacienda. El límite de pagos en efectivo entró en vigor en el año 2012 cuando se aprobó la Ley 7/2012 de 29 de octubre. Esta norma, que prohíbe realizar pagos en efectivo superiores a 2.500 euros siempre y cuando una de las partes intervinientes sea un profesional o una empresa, afecta de manera significativa a los ciudadanos ya que, en ciertas ocasiones, les obliga a recurrir a otros medios de pago. Además no vale fraccionar el pago en varios importes por debajo de 2.500 € sino que se tiene en cuenta la totalidad de la operación, siendo calificado como grave cada incumplimento.

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#2

Aportada por:

Juan Manuel García García

Economista, Auditor no ejerciente. Miembro del ROAC. Especialista en Fundaciones y ONL. Miembro del equipo de GP7. Director Financiero del Grupo Fundación DFA

Trabaja en:

Asesor particular

07.09.17

Una aclaración más. Por empresa Hacienda siempre entiende cualquier entidad jurídica que intervenga en un negocio o transacción, sea sociedad anónima, sociedad limitada, cooperativa, asociación o fundación. Por si generaba duda ese matiz.

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#3

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

07.09.17

Os podrian dar un cheque bancario, que tendriais que cobrar en el banco que corresponda. Lo normal es que este cheque vaya a nombre de la asociación y os pidan la documentación que scredire la titularidad real

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#4

Respuesta del participante:

Nuria Franch ors

07.09.17

Muchas gracias por vuestras aclaraciones

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