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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Paz Pérez

¿Tenemos que incluir las facturas intracomunitarias de IVA 0 en el 349/303?

17.04.18

Hola:

Las facturas intracomunitarias en las que se indica claramente que su IVA es 0% o que no se carga IVA, ¿tenemos que incluirlas igualmente en el 349/303 y calcular nosotros el 21%? ¿O no se tienen que incluir?

De todas formas, como se declaran como IVA soportado e IVA repercutido, con lo que el saldo es 0, así que no estamos seguros de si hay que incluirlas.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

18.04.18

Buenos dias.
Las facturas a que se refiere SI hay que incluirlas en el 303 y en el 349.
Esto es asi poruqe al entrar el producto o servicio en España hay que grabarlo con el IVA que corresponda, y una vez grabado la empresa/ONG tendra que plantearse si en funcion de su actividad o regimen de IVA al que este sujeto tiene o no derecho a deducirlo.
En su caso por lo que dice entiende usted que por su actividad o regimen (que no explica), puede deducirselo por tanto el coste es 0, pero las entidades no sujetas al impuesto, lo pagan y no lo deducen.
El 349 cumple una funcion estadistica y de control de operaciones, por tanto sea deducible o no el IVA hay que presentarlo siempre que se realice una compra fuera de España.

Saludos.

Mas en www.sulayr.com

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#2

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

18.04.18

Buenos dias.
Las facturas a que se refiere SI hay que incluirlas en el 303 y en el 349.
Esto es asi poruqe al entrar el producto o servicio en España hay que grabarlo con el IVA que corresponda, y una vez grabado la empresa/ONG tendra que plantearse si en funcion de su actividad o regimen de IVA al que este sujeto tiene o no derecho a deducirlo.
En su caso por lo que dice entiende usted que por su actividad o regimen (que no explica), puede deducirselo por tanto el coste es 0, pero las entidades no sujetas al impuesto, lo pagan y no lo deducen.
El 349 cumple una funcion estadistica y de control de operaciones, por tanto sea deducible o no el IVA hay que presentarlo siempre que se realice una compra fuera de España.

Saludos.

Mas en www.sulayr.com

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#3

Respuesta del participante:

Paz Pérez

18.04.18

Muchas gracias por la respuesta.
Nuestra duda, no es tanto si podemos deducirlas o no, si no que en algunas de las facturas viene indicado claramente “IVA 0%” o “no aplicado”, por lo que no nos queda claro si debemos calcular nosotros el 21% del total de la factura (aunque no venga desglosado en la misma) y declarar esa cantidad.
Gracias!

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