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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ana Isabel Mateo Benito

¿Tenemos que utilizar las cuentas de IVA cuando aún no estábamos de alta por este impuesto?

26.05.09

La asociación se crea en 2006 y aunque vende productos como forma de financiarse, lo hace de forma esporádica hasta febrero de 2009, que se da de alta en este impuesto.


Estamos ahora reconstruyendo la contabilidad (que antes no se llevaba con el correspondiente plan contable, pero..los gastos e ingresos deben desglosarse incluyendo las cuentas de IVA durante el periodo en que no estábamos dados de alta o ¿el gasto por IVA forma parte del propio gasto o ingreso?.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

27.05.09

Hola Ana Isabel,

Me temo que deberéis contabilizar el IVA a partir del momento del alta, el anterior, sino lo liquidasteis no será necesario.

Saludos, Eav.

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#2

Opinión anónima

27.05.09

El IVA se devenga en los supuestos de entrega de bienes y prestacion de servicios gravados por el impuesto y éso depende de el objeto de vuestra actividad, si las operaciones que hacéis están gravadas o no.

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#3

Muy buena

Aportada por:

Javier Marco Cano

Economista, Abogado, Auditor de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

05.06.09

Estimada Ana Isabel, mi criterio es el siguiente, el IVA que devengais por vuestras facturas ha de ser ingresado en la Hacinda pública. Para ello, se le resta el importe del IVA soportado, que puede ser vía prorrata o en su totalidad.
PAra ello se utiliza como soporte de las declaraciones la contabilidad, que se nutre de los documentos de facturas emitidas y recibidas.
Por tanto, importante saber si habéis declarado el IVA. Si esto es así, la contabilidad debe reflejar ese hecho. En el caso de que no hayais declarado el IVA, teneís la posibilidad de presentar declaraciones complementarias de forma que regulariceis vuestra situación.

Hay que tener en cuenta que el hecho imponible del IVA se produce por la actividad que realizais independientemente de la forma jurídica que os encuadre.

Si la final no habeis declarado el IVA, y no vais a actuar en el sentido que os propongo, las cuotas de IVA soportadas uy repercutidas serán más gasto o ingreso, teniendo en cuenta que el asiento no reflejara la realidad de tu organización.

Espero haberte ayudado.
Saludos
Javier Marco

solucionesong.org
Un proyecto de