Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Un correo electrónico de una asociación sin firma digital es válido como certificado para notificar bajas?

22.10.12

Hola,

En relación con esta consulta publicada anteriormente:

¿Un correo electrónico de una asociación sin firma digital es válido como certificado para notificar bajas? En nuestros estatutos está contemplado que “Podrán causar baja por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la junta directiva”.

¿Tiene validez certificadora para comunicar modificaciones o nuevos acuerdos? Al no haber firma lo suscribe la junta directiva.

¿Qué es la referencia a la que se refiere que necesita en el escrito para causar baja?

Gracias de nuevo

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

22.10.12

Un correo electrónico no suele ser la forma legal para darse de baja un vocal , si este señor desea hacerlo tiene que ir en la sede de vuestra asociación y entregar su baja firmada y la persona que lo recibe firma en la fotocopia el acuso de recibido. O bien por correo certificado, o delante de toda la junta el día que esta se reúne. Suerte

avatar
#2

Aportada por:

Marc Masmiquel Mendiara

Diseñador y consultor de proyectos de cooperación

Trabaja en:

Asesor particular

23.10.12

Hola,

No es suficiente un e-mail. No hay garantías de la persona que lo envía.

Comparto el punto de vista de Mari Carmen. Opinio que se requiere la presencia o documento rubricado.

Suerte.

Y un saludo.

solucionesong.org
Un proyecto de