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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Un local municipal es propiedad del ayuntamiento en exclusiva o de los vecinos de la localidad?

04.03.13

Hola,

En relación con la consulta ¿Es legal que una persona no pueda formar parte de una asociación por no estar empadronada? anteriormente formulada, tenemos otras dudas al respecto:

¿Un local municipal es propiedad del ayuntamiento en exclusiva o de los vecinos de la localidad?

En la asociación el 85% están empadronados en la localidad y no queremos que los socios que no lo están dejen sus actividades por ello y muchos de ellos son menores que realizan las actividades. Dos de los profesores por ejemplo vienen de fuera a impartirlas, por lo tanto tampoco podrían impartirlas al no estar empadronados.

Sobre la obligatoriedad de compensar el dejar el local a cambio de actuar cuando el ayuntamiento diga, aunque lo hagan muchos ayuntamientos, ¿es legal? ¿no nos podemos negar? No queremos exponer nuestros bailes a dominio publico (unos por vergüenza, otros porque no quieren, otros por estar de vacaciones y el resto porque lo consideran dictatorial.

Muchas gracias por la ayuda.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

04.03.13

A ver…a la primera pregunta, la respuesta es clara. La propiedad es del ayuntamiento, y como han dicho los asesores en la anterior respuesta, pueden establecer las condiciones que quieran en la cesión; los vecinos no son propietarios ni pueden por tanto ceder nada.
En cuanto a las condiciones que establece el ayuntamiento para cederos el local, logicamente debeis cumplirlas, pues en otro caso el ayuntamiento resolverá el acuerdo/convenio o lo que tengais suscrito para la cesión.
Pero lo mejor, como se citaba en las anteriores respuestas, es que hableis personalmente con la persona responsable (concejal, alcalde…), le expongais la situación general de esa actividad, y si siguen restringiendo en la forma anunciada la cesión, teneis dos opciones:
a) ACEPTARLAS, echando a los asistentes que no estén empadronados. NO LO RECOMIENDO
b) NO ACEPTARLAS y buscaros otro local.
En todo caso, si no lo aceptais lo que no recomiendo es acudir a los tribunales para quejaros de que las condiciones impuestas sean arbitrarias; sería lento y supongo que caro. Pero si podeis:
a) tratar ese tema con la oposición municipal
b) presentar una queja ante el defensor del pueblo autonómico (si sigue existiendo) o sino al Defensor del Pueblo estatal.
¡Ánimo con vuestra labor!

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