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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mario Cuenca

¿Una asociación necesita Acta constitucional, Escritura de constitución y reglamento de Régimen interior para su correcto funcionamiento?

25.12.17

Hola,

¿Qué documentación obligatoria debe tener una Asociación para su correcto funcionamiento a parte del CIF y Estatutos?. ¿Es necesario un Acta constitucional, Escritura de Constitución y reglamento del Régimen Interior?

Somos una Asociación dedicada a la gestión y coordinación de programas de voluntariado en el extranjero. Los “clientes” de la Asociación en cuestión son los voluntarios (participantes) que aportan un abono inicial (cuota-donación) por su participación. De dicha cuota se sustenta la Asociación.

Por otro lado, también nos dedicamos a la recaudación de fondos, ayudas… para destinarlos a proyectos escolares/sanitarios con escasos recursos ubicados en países extranjeros.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

César Valencia Rodríguez

Fundación Gestión y Participación Social

Trabaja en:

Asesor particular

27.12.17

Hola.

Una asociación nace en una reunión en la que:
1. Se aprueban unos estatutos que, como mínimo, tienen que contener lo previsto en la ley de asociación que sea de aplicación.
2. Se nombra un primer órgano de gobierno (normalmente llamado junta directiva.
y 3. Se levanta acta de esta reunión.

Sólo con eso, la asociación ya adquiere personalidad jurídica. Digamos que ya puede funcionar en sociedad, pero necesita inscribirse en un Registro de asociaciones (el que le corresponda) a efectos de publicidad y necesita solicitar un NIF en Hacienda para casi cualquier actividad posterior que quiera hacer.

En cambio, en casi todos los casos no es obligatorio disponer de un reglamento de régimen interno. No es mala idea tenerlo, pero se puede esperar a que la asamblea vaya adoptando decisiones para, recopilando estas mismas decisiones, tener un embrión de reglamento, ya que sobre eso no hay modelos.

Aparte de eso, una asociación debe poseer una relación actualizada de socios, un libro de actas (pueden ser hojas sueltas numeradas que después se encuadernan, por ejemplo) y debe llevar contabilidad apropiada (normalmente, una contabilidad en toda regla, la que hacen los contables). Si la asociación se constituye en Cataluña y tiene voluntarios, también debe poseer un libro de voluntarios.

Aunque no pertence al apartado “documentación” exactamente, os será muy útil y casi imprescindible solicitar un certificado digital de persona jurídica a una entidad certificadora, como la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Tal vez te interesen estos artículos, donde se explican varias de estas cosas:

Libros de las asociaciones

NIF

Certificado digital

Un saludo
César Valencia
Fundación Gestión y Participación Social
www.asociaciones.org

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#2

Respuesta del participante:

Mario Cuenca

28.12.17

Muchas gracias por el asesoramiento, una información muy completa. Saludos,

solucionesong.org
Un proyecto de