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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Liliana Ramírez

¿Una vez que recibimos la inscripción en el registro de asociaciones debemos inscribirnos en el impuesto de sociedades?

01.12.10

Hola,

Quería confirmar si una vez que una asociación sin fines de lucro ha recibido el número de registro emitido por el Registro de Asociaciones, ¿está obligada a inscribirse en el impuesto de sociedades o si sólo es obligatorio en el caso que la asociación solicite el CIF?

Muchas gracias.
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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

03.12.10

Hola Liliana;

Una vez inscrita en el registro de asociaciones deberíais pedir el Cif.

En el IS no se inscribe, solo se presenta en caso de que estuvieseis obligados

Saludos, Eva

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#2

Aportada por:

Miguel Angel Mirón Díaz

Responsable Area Fiscal y Contable Fundación Gestión y Participación Socialwww.asociaciones.org

Trabaja en:

Asesor particular

03.12.10

Hola Liliana, cuando vuestra Asociación empiece sus actividades deberéis comunicar a Hacienda este inicio a través del Modelo 036. En dicho modelo elegiréis un epígrafe de actividad y debéis marcar si esta actividad esta sujeta o no a IVA y si estáis obligados a presentar el Impuesto de Sociedades. La ley del Impuesto excluye de su presentación a aquellas entidades que cumplan los siguientes requisitos:

1) Que sus ingresos totales no superen 100.000 euros anuales
2) Que los ingresos correspondientes a rentas no exentas sometidas a retención no superen 2.000 euros anuales
3) Que todas las rentas no exentas que obtengan estén sometidas a retención

Aquellas entidades acogidas a la Ley 49/2002 están obligadas a presentar el Impuesto anualmente.

Saludos

solucionesong.org
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