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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Lorenzo mar

Vamos a alquilar una vivienda ¿Podemos emitir recibo o debemos hacer declaración de actividad económica?

28.04.15

Hola,

Como ONG, no hacemos impuesto de actividad económica no llegábamos al mínimo. Ahora vamos a alquilar una vivienda. ¿podemos emitir recibo o tenemos que hacer declaración de ingreso de actividad económica? El alquiler pasaría de 3000 ¿hay que registrarlo como ingreso?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

29.04.15

El alquiler de un inmueble (sea vivienda, oficina o local) por una persona jurídica, en vuestro caso una asociación, supone que el arrendatario (la asociación) tenga que practicar retención (actualmente al tipo del 20%) de las rentas que satisface e ingresar esos importes mensualmente en Hacienda a través del modelo 115. Por otro lado, la arrendadora (la dueña de local) debería repercutir IVA por el arrendamiento.

No sé si esto aclara vuestras dudas.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

martin robledo

Asociación sin animo de lucro

Trabaja en:

Asesor particular

14.05.15

Gracias por la respuesta, si aclaro dudas, ahora tendremos que ver si estamos acogido a eso a la ley 2002 gracias

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#3

Aportada por:

martin robledo

Asociación sin animo de lucro

Trabaja en:

Asesor particular

14.05.15

tambien para acogernos a dicha normativa se podria hacer ahora en caso de no estar acogido,? a la de 2002?

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