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Asesoría ONG

Consulta de la ONG

08/02/2010

Descripción breve de la consulta:

Diferencias entre entidad colaboradora y entidad sin ánimo de lucro. Ventajas e inconvenientes de estas modalidades

Nombre:

Juan

Apellidos:

Tova Campos

Tu función en la ONG:

Administrador

Organización: 

El Hogar de Luci

Objetivos que persigue tu organización:

Defensa y Protección de los animales. En El Hogar de Luci rescatamos animales, les buscamos una casa de acogida donde puedan vivir hasta que les encontremos un hogar definitivo, un dueño que les de el cariño que otros le han negado, si están enfermos, les curamos. Si están sanos, les vacunamos y les esterilizamos para evitar futuras camadas indeseadas y controlar así la proliferación de animales vagabundos, sin hogar.

Plazo en que ha de quedar resuelta:

27/02/2010

Descripción ampliada de la consulta:

Queremos ostentar la condición de entidad sin ánimo de lucro y/o entidad colaboradora, así como los trámites necesarios para realizarlo, conociendo antes las diferencias de nuestra actual situación como ONG a esas posibles situaciones.

¿Podrían aclararnos estos conceptos?

Muchas gracias.


Respuesta del asesor voluntario

08/02/2010

Nombre:

 Xosé María Torres Bouza

Tarjeta de presentación:

Presidente de la Coordinadora Galega de ONGD

Enunciado de respuesta:

Hola. Lo de "entidad sin ánimo de lucro" es una categoría que debe venir establecida en los Estatutos de la entidad. Para demostrarlo ante cualquiera, puede enseñarse una copia de los estatutos o bien un certificado de el Secretario/a de la entidad que describa el artículo que detalle este aspecto.

Lo de "entidad colaboradora" no es ninguna categoría legal. Puede ser unicamente una denominación especializada, pero habrá que ver en la normativa donde se indique este nombre, que requisitos hay que cumplir para adquirir esta condición.

Un saludo

Respuesta del asesor voluntario

08/02/2010

Nombre:

 Salvador Pardo Puche

Tarjeta de presentación:

Contabilidad, Fiscal, Laboral. www.puche29.es

Enunciado de respuesta:

Hola Juan,

No entiendo tu pregunta. Entidad sin ánimo de lucro, como dice Xosé María, parte de los fines sociales de la Asociación. Y por Entidad Colaboradora, entiendo que es la que "colabora" (mediante un contrato/convenio) en la realización de una actividad.  Quizá se me escape algún matiz jurídico. Siento no poder ayudarte.

Gracias!

Respuesta del asesor voluntario

09/02/2010

Nombre:

 Mari Carmen Garcia Fuentes

Tarjeta de presentación:

Graduada social y experta en gestion y direccion de entidad sin animo de lucro

Trabaja en:

UNED Master

Enunciado de respuesta:

 Estoy de acuerdo con Salvador, una entidad es colaboradora, en cuanto "colabora" con alguien pero no es en si mismo una figura jurídica. Suerte y enhorabuena