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Ayuda a ONG
Asesoría ONG
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08/02/2010 |
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Descripción breve de la
consulta: |
Hemos recibido una donación importante y quisiéramos saber si se puede periodificar |
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Nombre: |
Jesús
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Apellidos:
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Blanco Alfageme
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Tu función en la ONG: |
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Organización: |
ASVAI (Asociación Vallisoletana de Ayuda a la Ancianidad y a la Infancia) |
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Objetivos que persigue tu organización: |
Promover la asistencia social y la protección legal de aquellas personas que, por su situación personal, se hayen necesitadas de amparo. |
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Plazo en que ha de
quedar resuelta: |
18/02/2010
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Descripción ampliada de
la consulta: |
Creo que contabilizar esta donación nos puede dar resultados positivos en el ejercicio y en consecuencia tener que liquidar impuestos. Quisiera saber si es posible llevarlo a varios ejercicios y cuántos.
Muchas gracias. |
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08/02/2010 |
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Nombre: |
Jaume Navarro Laboria
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Tarjeta de
presentación: |
Asesor Económico Contable |
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Trabaja en: |
Barcelona |
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Enunciado de
respuesta: |
Hola Jesús buenas tardes,
Todo irá en función de la utilización (destino) de la donación. Si el destino es cubrir necesidades que se corresponden a distintos ejercicios, entonces haréis el prorrateo correspondiente. Pero opino que no será este el caso, por tanto, no habrá periodificación y la declaráis en un solo ejercicio, estará tambén compensada por la adquisición o gastos a que la destinéis.
Saludos.
Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net) |
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08/02/2010 |
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Nombre: |
Salvador Pardo Puche
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Tarjeta de
presentación: |
Contabilidad, Fiscal, Laboral.
www.puche29.es |
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Enunciado de
respuesta: |
Hola Jesus,
También opino que no es un ingreso prorrateable (Ingresos a distribuir en varios ejercicios), si la donación no está sujeta a un fin concreto, cuyo periodo de ejecución transcienda al ejercicio. Si así lo fuera, la periodificación sería, en el momento del cobro (572) a (131-2), y a medida que vayas aplicando esos fondos: (131-2) a (726).
Pero, repito, si se trata de una donación para los fines propios de la Entidad, se aplica en el ejercicio que se recibe.
Gracias |
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08/02/2010 |
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Nombre: |
Salvador Pardo Puche
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Tarjeta de
presentación: |
Contabilidad, Fiscal, Laboral.
www.puche29.es |
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Enunciado de
respuesta: |
Ah!. en cuanto a las consecuencias fiscales. Si estais acogidos a la Ley 49/2002, los ingresos por donaciones, son rentas exentas, como las subvenciones y cuotas de socios.
Gracias |
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08/02/2010 |
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Nombre: |
Mariano Romero Montero
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Tarjeta de
presentación: |
Contable - Analista Financiero |
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Enunciado de
respuesta: |
A mi entender las donaciones no son prorrateables en varios ejercicios. Se corresponden con el ejercicio en que se reciben. La única duda es que la donación se hubiera hecho en función a un acuerdo entre la entidad y el donante, por el cual se desarrollara un proyecto en varios ejercicios, en cuyo caso tengo mis dudas.
Un saludo
Mariano Romero
mariano.romero@cuadre-dyg.org
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10/02/2010 |
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Nombre: |
Albert Figa Batallé
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Tarjeta de
presentación: |
Asesor legal y contable de ENLs
www.riberetaverda.org |
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Enunciado de
respuesta: |
Buenas tardes,
A mi entender, la posiblilidad que plantea Mariano la entiendo no como una donación. Sería más bien una subvención y en ningún caso sería perceptora de beneficios fiscales.
Albert Figa
www.riberetaverda.org |
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