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Las mejores consultas sobre constitución de asociaciones y fundaciones no lucrativas

13.10.16

creación fundación asociación

En este post, recopilamos consultas planteadas por personas interesadas en crear una fundación o una asociación. Te servirán de ayuda para resolver aquellos aspectos sobre los que tengas alguna duda. ¡No te lo pierdas!

¿Tienes en mente crear una asociación o una fundación? Si es así, este post te resultará de interés. Recopilamos consultas sobre creación de este tipo de entidades, para que no te quedes con ninguna duda.

En primer lugar, encontrarás preguntas relacionadas con la creación de asociaciones no lucrativas. ¡Apunta!

¿Qué pasos debo seguir para crear una asociación?

¿Qué obligaciones tiene una asociación sin ánimo de lucro?

¿Qué es necesario para obtener el CIF? ¿Hace falta entregar la copia de los estatutos?

Si quiero constituir una asociación con el mínimo de personas ¿Cuáles son los cargos que deberían de ocupar?

¿Debemos contar con local acondicionado para nuestra labor antes de crear la asociación?

¿Es posible contar con una Junta Directiva sin cargos, donde los cuatro miembros sean iguales?

¿Qué ámbito territorial debemos poner si solo tendremos una sede en una ciudad?

A continuación, verás aquellas dudas que se han planteado en relación a la constitución de fundaciones sin ánimo de lucro.

¿Qué pasos debo dar para crear una fundación?

Estamos valorando constituir una fundación cuya dotación esté compuesta por bienes inmateriales ¿Es válido?

¿Podría crear la fundación sin la dotación inicial?

¿Cuanto tiempo y qué cantidad dineraria es necesaria para crear una fundación?

¿Cuál es el coste real de creación de una fundación y de una asociación?

¿Podéis facilitarnos un modelo de estatutos de fundación que nos sirva de modelo?

¿Una fundación siempre tiene ámbito nacional?

¡Esperamos que esta recopilación haya disipado algunas dudas que tenías! Si aún tienes preguntas, escríbenos a solucionesong@hazloposible.org y las enviamos a nuestro Equipo Asesor.

La imagen es de The Italian Voice en Flickr

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Comentarios

Comentario de: Jordi Gargalo Renom
19.10.16

Seria bueno recordar que la consulta de tributos V2168 de 2014 establece que es necesario ser una fundación o asociación de utilidad publica para poder optar al régimen fiscal especial, en contra de otras interpretaciones anteriores de hacienda que flexibilizaban el criterio de la letra c del articulo 2 de la ley 49-2002 que literalmente exigía esas formas jurídicas.
Es un cambio de criterio que se debe seguir en el futuro y tener en cuenta en la estrategia fiscal porque en especial se ponen en cuestión las ventajas fiscales para los donantes, que el año pasado se incrementaron notablemente.
jordigargallo@economistes.com

Comentario de: Blanca Pérez Álvarez
20.10.16

Muchas gracias por la aclaración Jordi. Es de gran utilidad.

Buen día,

Blanca

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