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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Julia Tatay García

¿A qué cuenta contable hay que llevar estos conceptos hasta que el dinero vaya a parar al beneficiario final?

18.06.13

Hola,

somos una Fundación acogida al régimen fiscal de la ley 49/2002. El ejercicio 2012 nos da unos beneficios de 22.000 euros aproximadamente y todos son donaciones de particulares y empresas, por lo tanto, rentas exentas de tributación al 10% por el Impuesto de Sociedades. Los gastos de 1.000 euros, tampoco son gastos deducibles al estar afectos indirectamente a esos beneficios.
Mi pregunta es, si tengo que tratar contablemente ese resultado de algún modo, ahora aparece en la cuenta 129. ¿A qué cuenta contable hay que llevarlo hasta que el dinero vaya a parar al beneficiario final?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

19.06.13

La cuenta 129 de resultados del ejercicio, se cargará por el saldo positivo con abono a la cuenta 120 de remanente del ejercicio, o directamente a las cuentas que correspondan conforme al acuerdo de distribución del resultado del ejercicio.

Lo que no entieno es lo del beneficiario final, pues el beneficiario del resultado del ejercicio no puede ser otro que la propia asociación; cuestión distinta es que el excedente positivo se destine lógicamente a los fines de la fundación.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

Julia Tatay García

20.06.13

Gracias. Quizá me explique fatal, yo soy especialista en contabilidades mercantiles puras, y me expreso mal utilizando esa terminología.
La Fundación en la que colaboro, recauda fondos para dentro de dos años, donarlos a un proyecto de investigación para la leucemia infantil.
Entiendo entonces, que el saldos de la cuenta 129, lo tengo que llevar a la 120?.
Muchas gracias!!!

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#3

Opinión anónima

22.06.13

Hola Julia, entiendo que ese es el resultado de este ejercicio y que el dinero en cuestión estará en alguna cuenta bancaria y en unos años será transferido al proyecto de investigación.

Yo no lo pondría como remanente por que pasará directamente a fondos propios. Podrías periodificar los ingresos del ejercicio de tal manera que en este no te genere un exceso de beneficios, y el año que se entreguen los fondos, un exceso de pérdidas. Aunque al final de todo, se equilibrará el balance.

Es decir transferir al cierre del ejercicio el importe que estimes no es beneficio del actual ejercicio, si no que debe distribuirse en varios. De la cuenta 740 a la 132. Por el volumen de operaciones y de la entidad, no es necesario, a mi entender, pasar por el grupo 9.

Saludos

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#4

Respuesta del participante:

Julia Tatay García

24.06.13

Muchas gracias!!
Otra pregunta que me asalta. ¿Cómo tendría que contabilizar el impuesto de sociedades?. Entiendo que al ser todo el beneficio, procedente de donaciones, el impuesto va a ser de resultado cero, al tratarse de bases imponibles exentas de tributación.
¿Eso se refleja de algún modo contablemente?
Muchas gracias por toda vuestra ayuda!!

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