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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Isabel Pizarro Ponce de la Torre

Acciones a realizar en la Seguridad Social cuando hay un cambio de contrato.

20.09.07

Un trabajador de la entidad tiene una conversión de contrato a indefinido y en la vida laboral tiene puesto que el tipo de contrato es de duración determinada por obra y servicio y a tiempo completo (401). ¿En que momento tendría que figurar en la vida laboral como indefinido (109)? ¿Cómo podría subsanarse ese error en la Seguridad Social?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Ramon Pamies

Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc

Trabaja en:

Asesor particular

21.09.07

Cuando habeis modifcado el Contrato de trabajo, teniais que haberlo comunicado a la Tesoreria de la Seguridad Social, y tambien teniais que haber cambiado en los Boletines de Cotizacion, el tipo de contrato y los tipos de cotizacion son inferiores en los Contratos indefinidos que en los temporales
Teneis que levar la documentacion a la Tesoreria y explicar vuestro caso, para que osn digan si lo modificais a partir de ahora o desde la fecha correcta (que seria lo normal)

saludos

Ramon Pamies

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#2

Opinión anónima

22.09.07

suscribo la respuesta de Ramon Pamies

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