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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Maria San pedro

Actualización de de fichero en el registro general de protección de datos

04.08.17

Buenos días,

en el Año 2014 damos de alta un fichero de la asociación, en el registro general de protección de datos (tenemos el documento).
La persona responsable ya no forma parte de la asociación y debemos actualizarlo ya que además ha cambiado entre otras cosas las dirección de la asociación tanto física como electrónica.
La duda es a parte de presentar los documentos que hay en la pagina, si hay que entregar la “base de datos” que se inscribe.

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

06.08.17

María,

No hay que presentar los datos ni el fichero, lo que se comunica es que existe un fichero no los datos del fichero.

Saludos,

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#2

Respuesta del participante:

Maria San pedro

07.08.17

Gracias

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

15.08.17

Hola María: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, el artículo 26 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece como requisito obligatorio, carácter previo, a la creación de fichero de datos, la comunicación al Registro de la Agencia Española de Protección de Datos, la apertura de la Base de Datos en la que guardaremos los datos de carácter personal que vayamos recolectando. Ello significa, que antes de crear la Base de Datos entiéndase, la lista de correo de suscriptores a los que luego les enviaremos nuestras newsletters, ofertas de cursos, etc., hay que inscribir entiéndase, comunicar, dicho fichero, no la Base de Datos como bien refiere mi compañero Agustín, en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos, debiendo de efectuarse tantas inscripciones como ficheros tengais, lo cual quiere decir que si tenéis 4, 5 o 8 bases de datos diferentes, tendrás que inscribir 4, 5 o 8 ficheros.
Al respecto, para realizar la inscripción inicial del fichero y, en su caso, la posterior modificación, cual es vuestro caso, o supresión de la inscripción, en la Sede Electrónica de la AEPD se encuentra disponible el Servicio Electrónico NOTA a través del que deberán efectuarse las solicitudes de inscripción de ficheros en el Registro General de Protección de Datos (aprobado mediante Resolución de la AEPD de 12 de julio de 2006- B.O.E. 181 de 31 de julio).
Este formulario permite la presentación de forma gratuita de notificaciones a través de Internet con certificado de firma electrónica. En caso de no disponer de un certificado de firma electrónica, también puede presentar la notificación a través de Internet, para lo cual deberá remitir a la Agencia la hoja de solicitud correspondiente al envío realizado debidamente firmada.
Así mismo, permite notificar de forma simplificada una serie de ficheros relacionados con la gestión de comunidades de propietarios, clientes, libro recetario de las oficinas de farmacia, pacientes, gestión escolar, videovigilancia, nóminas y recursos humanos de titularidad privada y con los de recursos humanos, gestión del padrón, gestión económica o control de acceso, en el caso de ficheros de titularidad pública. En el supuesto de que ninguna de las notificaciones tipo previstas por la AEPD se adapte al fichero que pretende notificar, podrá seleccionar la opción de notificación normal.
Espero haberte ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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