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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ANICETO DIEZ

Agradecieria poder conocer un extracto del R:D.6/2023 en lo que afecta a la Ley 49/2002 sobre Mecenazgo.

18.01.24

Agradeceria poder conocer un extractodel R.D. Ley 6/2023 en lo que afecta a la ley 49/2002 sobre Mecenazgo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan Pablo Blanca Pérez

Abogado laboralista ejerciente. Especialista en derecho laboral, seguridad social y prevención de riesgos laborales.

Trabaja en:

Asesor particular

22.01.24

Buenas tardes,

Esta norma introduce algunas novedades interesantes en lo que a incentivos fiscales al mecenazgo se refiere. En concreto, su libro cuarto modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, con el objetivo central de, según indica su propio preámbulo, «mejorar los incentivos fiscales al mecenazgo, tanto si es efectuado por personas físicas, como por personas jurídicas o por no residentes». Lo que se traduce, entre otras cosas, en una actualización e incremento de las deducciones por donativos en el IRPF, el IS y el IRNR.

Un saludo

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#2

Aportada por:

Ramón Perez-Lucena

Especialista en Fundaciones, www.abogadodefundaciones.com

Trabaja en:

Asesor particular

23.01.24

Puedes verlo en https://www.abogadodefundaciones.com/nueva-ley-de-mecenazgo-enero-2024/

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#3

Respuesta del participante:

ANICETO DIEZ

24.01.24

Estupendo y agradecido. Segun indica esta Ley….? Puede una ONG Registrada en Registro Central, sin haber sido declarada de UTILIDAD PUBLICA, hacer certificacioes de las donativos que reciba ,según esta ampliacion en la Ley de Mecenazgo,’ ¿ A que Organismos se han de remitir.?
GRACIAS.

solucionesong.org
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