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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Roteta

Algunos socios nos están exigiendo que tengamos dobles estatutos, tanto civiles como canónicos. ¿Es obligatorio tener ambos?

13.03.14

Hola,

Somos una asociación creada en nuestra diócesis, hay socios que están exigiendo que tengamos dobles estatutos, tanto civiles como canónicos. ¿Es obligatorio tener ambos? ¿o con uno de ellos es suficiente? ¿Hay algún artículo legal en el que nos podamos apoyar para justificar el que sólo tengamos unos estatutos?

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

20.03.14

Estimado Borja, intento responder brevemente a tu pregunta.

La respuesta sería NO. No sólo no es obligatorio si no que la existencia de dos estatutos puede ser contraria a derecho.

La existencia de dos estatutos implica la existencia de dos asociaciones distintas que se rigen por leyes distintas. _En el caso de los estatutos canónicos de regirían por el Código de Derecho Canónico y los estatutos civiles se regirían por la ley de asociaciones y demás legislación vigente en la comunidad autónoma en la que os encontréis.
_
Por lo tanto, ya no es sólo que puede haber, y de hecho hay, contradicciones entre una y otra legislación; si no que tener una única asociación con dos personalidades (una civil y otra eclesiástica) podría llegar a tener repercusiones legales puesto que no sería cierta tal condición.

Espero haber respondido adecuadamente a tu pregunta y quedo a tu disposición para cualquier otra duda que te surja.

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#2

Respuesta del participante:

Francisco Roteta

21.03.14

Muchas gracias, era lo que suponíamos y lo que tratamos de defender. Si hubiera un articulo o ley que poner encima de la mesa para demostrarlo sería genial, pero vamos que es de lógica.
Muchas gracias

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