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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María Royo

Alta en actividad intracomujtaria

09.01.19

Como ONG, ¿podemos darnos de alta como Operador Intracomuntario?
Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

09.01.19

Buenos días.
Por supuesto que una asociación puede darse de alta en actividad intracomunitaria, pero hay que matizar varias cuestiones:

1º La actividad intracomunitaria solo es necesaria para las entidades sujetas a IVA. Si estas exento de IVA no es de aplicación.

2º Si estas sujeto a IVA y realizas compras de bienes o servicios en países comunitarios, no es que puedes, es que estas obligada a darte de alta como operador intracomunitario.

Por último y para completar tu conocimiento, si tu asociación no está sujeta a IVA, y realiza compras en países comunitarios, el vendedor deberá cobrarte el IVA que legalmente proceda en su país, y cuando traigas el producto a España no tendrás que hacer nada a efectos fiscales.
Saludos.

Mas en www.sulayr.com

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#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

09.01.19

Por supuesto que sí, con las obligaciones que ello conlleva en cuanto a presentación del 349 y modelos de IVA.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#3

Respuesta del participante:

María Royo

10.01.19

Muchas gracias por la rapidez y claridad de las respuestas.

solucionesong.org
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