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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mai Ore

Aplicación de la LOPD

25.09.07

Somos una ong pequeña, sin actividad económica. Nuestros ingresos provienen de nuestros asociados y también de donaciones puntuales. En cuanto a los datos personales de las personas que se relacionan con la entidad, hasta ahora mantenemos un fichero y se ha añadido a los documentos en los que nos facilitan sus datos, el texto que indica la LOPD sobre el uso de los mismos. ¿Debemos también realizar la inscripción de los ficheros en el registro general, redactar un documento de seguridad, regular las comunicaciones, etc?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

26.09.07

La respuesta es sí: toda entidad que maneje datos de personas físicas identificables o identificadas, por muy pequeña que sea y por muy básicos que sean esos datos, viene obligada a cumplir con las medidas de seguridad previstas en la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. Medias de seguridad entre las que se incluyen las que mencional: inscripción en el Registro de la Agencia Española de Protección de Datos, documento de seguridad, responsable del fichero,, etc…

Esta respuesta no es vinculante.-

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#2

Muy buena

Aportada por:

Rubén Varela Piñeiro

Educador Social

Trabaja en:

Asesor particular

01.10.07

Hola Maite:

Efectivamente lo más aconsejable es que se cumplan todos los requisitos recogidos en la LOPD.
Incluir la clausula correspondiente en los documentos es un primer paso que está muy bien pero no es suficiente. Deberiais tambien inscribir el fichero en el Registro, nombrar un responsable del mismo, determinar los distintos parametros de seguridad, etc…

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