Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Julia Pérez

Asociación Protectora de Animales obligada a contratarse como empresa privada

25.06.22

Buenos días,

Una asociación protectora de animales es obligada por el Ayuntamiento de su ciudad a contratarse como empresa privada para que le llegue una “ayuda” que venía recibiendo en forma de subvención.
Esto le causa muchos problemas, gastos p.ej. declaración IVA, etc.
¿Hay alguna solución? ¿Se puede iniciar expediente de declaración de UTILIDAD PÚBLICA?
Gracias anticipadas
Julia Pérez

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

27.06.22

En relación con vuestra consulta, comentaros que aunque particularmente no entienda cómo pueden discriminar a una entidad sin ánimo de lucro para contratar con un ayuntamiento en relación con entidades que sí tienen ánimo de lucro, tenemos que ser prácticos y sortear ese inconveniente de la mejor forma posible; así, si basta con que digamos que actuamos como empresa privada, pues lo decimos y punto. En la práctica, esta manifestación no nos obliga en sí misma a nada, pues que tengamos obligaciones en el IVA o en otros conceptos fiscales no depende de lo que digamos sino de lo que realmente hagamos, de manera que hay empresas privadas que no tienen obligaciones en el IVA porque su actividad esté exenta (enseñanza, servicios sanitarios …) y hay entidades sin ánimo de lucro plenamente sujetas al IVA.

En cuanto a la declaración de utilidad pública, indicar que es un procedimiento complejo y muy exigente y que tarda tiempo en resolverse, y en la mayoría de los casos no de manera positiva.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

avatar
#2

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

03.07.22

Estimada Julia: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en línea con lo que le traslada mi compañero Juan González, aunque resulta harto extraño el hecho de que una entidad local discrimine a una entidad asociativa para contratar con la misma, no obstante, es factible que una asociación cree una sociedad mercantil con ánimo de lucro. Eso sí, se han de tener presentes distintos aspectos:
-En una entidad asociativa son los socios los que han de tomar la decisión de crearla en Asamblea, y según lo establecido en los estatutos, teniendo que seguirse el procedimiento corresponde para que la Asamblea General apruebe dicha iniciativa.
- Hay que tener claro cuál es la forma jurídica más idónea teniendo presente el concepto de propiedad y sus repercusiones en la gestión. Un ejemplo lo tenemos en las muchas de las empresas de inserción de las cuales normalmente son promotoras entidades no lucrativas
- Imagen que se dará a la sociedad en la medida en que pueda provocar cierto grado de confusión porque se pueda llegar a pensar que la asociación se está realmente utilizando para generar negocio para la empresa.
A ello, debe añadirse que la actividad a la que se dedicara la entidad privada con ánimo de lucro estuviera directamente relacionada con la actividad de la asociación, tal como acaece, por ejemplo, con las empresas de inserción social.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperecastillo@gmail.com

solucionesong.org
Un proyecto de