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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carles Alcolea

Aspectos a considerar en la utilización de un fragmento musical en un video

27.10.10

Estamos preparando un video promocional para el lanzamiento de nuestra fundación. Queremos poner un pequeño fragmento musical al final del mismo, todavía no sabemos cual pero nos gustaría saber qué cosas hay que tener en cuanto en cuanto derechos de autor, SGAE etc.

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

29.10.10

Hola, Carles
Puedes utilizar algún material que se encuentre disponible sin pago de derechos, aunque suelen exigir una mención o algo similar. Consulta este sitio web:
http://creativecommons.org/legalmusicforvideos
En caso de utilizar algún material registrado, tendrás que comunicarte con la oficina de la SGAE de tu ciudad, indicar exactamente qué material utilizarás y en qué condiciones. Tienen ciertas deferencias cuando el uso es para fines no comerciales. Ellos te indicarán los pasos a seguir.
http://www.sgae.es/
Suerte y felicidades por el lanzamiento!
Greta

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#2

Opinión anónima

29.10.10

Si los derechos de autor no han caducado (creo que sucede a los 50 años) lo más directo es conseguir la autorización de la casa de discos o del/de la cantante o grupo. Lo citas en los créditos, y solucionado.
¡Mucha suerte!

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#3

Aportada por:

Alberto Martos Sauquillo

KALUINSTITUTE.ORG

Trabaja en:

Asesor particular

07.11.10

Si, es buena opción escoger música son derechos.
Los derechos caducan 50 años después de muerto el autor.

Pero ojo, también hay derechos de interpretación!

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#4

Opinión anónima

08.11.10

En todo caso, has de ponerte en contacto con la Delegación de la SGAE más próxima, pues, si se trata de utilizar solo un fragmento de una obra, ha de consultarse con el autor (propietario) de la misma para que muestre su conformidad y/o reparos. También respecto del sentido del mensaje con el que pretendéis ilustrar los fines de vuestra entidad. (Piensa en el sencillísimo y remoto ejemplo de una promoción con fines “madridistas” y que resulte el autor del tema sea “atlético”... Muy elemental pero muy explicativo)
Te pongo un ejemplo: Tu puedes alquilar un inmueble sin más requisito que el contrato correspondiente con la agencia que actúe de mediadora. Pero si pretendes hacer modificaciones en el mismo, obviamente, necesitarás el preceptivo permiso de la propiedad. (Hubo un precedente muy conocido respecto al uso de un tema de J.M. Serrat en un spot publicitario de una conocida marca de compresas femeninas, y éste creo que lo denegó por no estar conforme con el uso de su canción)

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#5

Respuesta del participante:

Carles Alcolea

13.11.10

Muy útiles las dos respuestas. Creo que iremos a por el creative commons.

Muchas gracias.

solucionesong.org
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