Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Javier Cedrón San Martín

Bonificación de los contratos laborales, específicamente el de fomento del empleo

22.06.07

¿Qué cuenta de ingresos se debe emplear para contabilizar las bonificaciones existentes en los contratos de trabajo por fomento del empleo? ¿Qué se deducen en los TC1?

Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Suficiente

Aportada por:

Ramon Pamies

Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc

Trabaja en:

Asesor particular

27.06.07

Yo pienso, que teneis que contabiliizar como Gastos, el coste real que os representa el pago de la Seguridad social, o sea el importe del TC1, en el que ya esta deducidas las bonificaciones correspondientes

saludos

avatar
#2

Opinión anónima

27.06.07

Hola.

De acuerdo con lo dicho por Ramón, simplemente sería un menor coste para la organización (menor la cta. 642). Pero, a modo informativo, es cierto que hay contables (una minoría) que sí lo reflejan realizando un asiento tal que:

D/ 476 - el importe de la bonificación
H/ 740 importe bonificado.

Aunque yo, personalmente me decanto por la primera opción porqué no lo veo del todo como una subvención, sino más bien una bonificación que te deduces directamente del gasto.

Saludos.

avatar
#3

Suficiente

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

27.06.07

Totalmente de acuerdo con Ramon, no tienes que llevarlo a ninguna cuenta de ingresos, es un menor coste imputado directamente en los seguros sociales. Como cuando te hacen un descuento en una factura, contabilizas por la base, ya sumados todos los cargos y deducidos todos los descuentos.

solucionesong.org
Un proyecto de