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Consulta formulada por:
Cambio de CIF de una ONG o institución religiosa
08.10.25
Hola,
Por la década de los 50 a 60 Cáritas Inmaculada de Torrevieja decidió el construir varias casas para aquellas personas que carecían de domicilio, para ello tuvieron que darse de alta en la AEAT con un CIF G53362281. Actualmente todas las Cáritas dependen administrativamente de las distintas parroquias y llevan como CIF.: R0300193C y están anexadas a las mismas unificando su contabilidad con ellas. Nuestra consulta es ¿Cómo podríamos cambiar el CIF. antiguo de Cáritas Inmaculada de Torrevieja, por el actual de la parroquia R0300193C. Gracias anticipadas por sus observaciones.
Gracias
Respuestas

Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
08.10.25
En relación con su consulta, aunque lo que plantea parece ser una cuestión puramente formal, entiendo que puede tener muchas implicaciones a otros niveles, sobre todo si la asociación (Caritas Inmaculada Torrevieja) es titular de inmuebles, cuestión que desconozco. Entiendo que la transformación de asociación en entidad religiosa no es fácil en cuanto que son entidades con naturaleza totalmente distinta e inscribibles en registros públicos también distintos. Pero todavía más difícil sería la absorción con liquidación, operación que es la que realmente estáis planteando (absorbe la entidad religiosa y se liquida la asociación).
Considero que lo más sencillo es disolver la asociación; la cuestión es que si la asociación tiene bienes a su nombre, habrá que traspasar estos previamente a la entidad religiosa; y si son inmuebles habrá que enfocar adecuadamente la operación para evitar costes fiscales.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.

Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
08.10.25
Hola Carlos
Por completar la respuesta de Juan comentaros que para cambiar un NIF de tipo ‘G’ a ‘R’, la entidad debe realizar una modificación censal presentando el modelo 036 ante la Agencia Tributaria para solicitar el alta en el NIF definitivo. El trámite se realiza en la oficina tributaria correspondiente, presentando la documentación que acredite el cambio de naturaleza de la entidad y se puede solicitar cita previa online.
Identificar el motivo del cambio
Cumplimentar el modelo censal
Presentar la declaración censal
Documentación: Acompaña el modelo con la documentación que acredite el nuevo tipo de entidad, como el estatuto y el libro de actas en el caso de las congregaciones, según las indicaciones de la Agencia Tributaria u otro documento acreditativo
Comentarte que desde el año 2008 se llama NIF El término CIF ya no opera
Un saludo
Teresa Ferraz