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Consultas Online

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Certificado de entidad sin fines de lucro denegado

09.07.21

Hola,

Nuestra Fundación está registrada en el registro de Fundaciones. Quisimos solicitar a la Agencia Tributaria un certificado de Entidad sin Fines de Lucro, para confirmar a donantes que pueden desgravar impuestos y nos salió denegado. ¿Qué tenemos que hacer?

¡Gracias!

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Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

09.07.21

Hola.
Para poder acogerse a los beneficios fiscales previstos en la Ley 49/2002 de entidades SFL es necesario que cumplimentéis el modelo 036 de declaración censal y lo presentéis en la AEAT, indicando que la entidad desea acogerse a dicho régimen fiscal.
Os recomiendo también que os informéis de los requisitos regulados en su art 3. así como las obligaciones que se derivan del hecho de acogerse a esta norma.

Un saludo.-

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#2

Respuesta del participante:

09.07.21

Muchas Gracias Manuel.
¿Sabes como cuánto tiempo tardan en dar respuesta?
Saludos

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#3

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

09.07.21

Hola
Te indico enlace para que podáis preguntar el plazo o cualquier otra cuestión ya a partir del lunes (teléfono verde)
El horario es de 9-19 hs
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Ejercicio_2018/_Ayuda_Modelo_200/02_Datos_iniciales__paginas_1_y_2_/2_06_Caracteres_de_la_declaracion/2_06_01_Tipo_de_entidad/2_06_01_01_Entidad_sin_animo_de_lucro_acogida_regimen_fiscal/2_06_01_01_Entidad_sin_animo_de_lucro_acogida_regimen_fiscal.html
Un saludo
Teresa Ferraz

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#4

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

09.07.21

Y aquí para solicitarlo
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/Enlaces_de_interes/FragmentoHtml_Enlaces_de_interes.shtml
Un saludo
Teresa Ferraz

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#5

Respuesta del participante:

09.07.21

Gracias por los enlaces Teresa.

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#6

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

10.07.21

De nada!
Buen fin de semana
Un saludo

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#7

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

12.07.21

Debéis comprobar en primer lugar que habéis optado expresamente por el régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, pues si no lo habéis hecho no podéis obtener el certificado. Saludos. Juan González Martín-Palomino.

solucionesong.org
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