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Consultas Online

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Coche a nombre de asociación

05.03.24

Buenos días!
En nuestra asociación nos vamos a comprar un coche ya que es muy necesario.
Nos gustaría saber si es posible utilizarlo alguna vez para uso particular o abría algún problema? Muchas gracias!

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

06.03.24

Hola
Si, no habría ningún problema. No sé si lo va a utilizar una persona en concreto, ni si es trabajador de la Entidad. Si se trata de un trabajador en plantilla es un pago en especie y no puede superar el porcentaje del 30% sobre los ingresos en metálico
Estas rentas en especie deben imputarse en la nómina atendiendo a las siguientes reglas:
+Si se entrega el vehículo, (la propiedad del vehículo pasaría al trabajador) deberá imputarse el valor de adquisición para el pagador incluidos tributos.(Creo que no es vuestro caso)
+Si se tiene derecho de uso privativo, sobre la valoración total del vehículo, se tomará el 20% de este. Del cual se incluirá como pago en especie en el recibo de salarios mensual, la parte proporcional de uso que con fines personales realice el trabajador del vehículo.
Espero haberte aclarado tu duda
Un saludo

Teresa Ferraz

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

06.03.24

Ejemplo de cálculo.
Vehículo con un pvp: 25.000 €
Imputación: 25.000 € x 20% = 5.000 €
+Si realiza un uso privativo 100%. El empleado verá reflejado mensualmente en su recibo de salario, como pago en especie el importe de 416,66€ (5.000€/12meses).
+Si realiza un uso mixto. Es decir, utiliza el vehículo con fines profesionales y adicionalmente tiene autorización para realizar un uso privativo. Deberá realizarse una valoración objetiva del porcentaje de uso personal que realiza del vehículo

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#3

Aportada por:

Jesús González García

Jesús González García.

Trabaja en:

Asesor particular

06.03.24

Hola,

Completando lo dicho por Teresa, si bien no existe limitación para un uso particular del vehículo, tened en cuenta que, fiscalmente, los gastos ligados al uso privado no son deducibles al no estar ligados a la actividades de la fundación.

un saludo

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#4

Respuesta del participante:

06.03.24

Muchas gracias por las respuestas. Entendemos que el primer paso a seguir para la compra es hacer una reunión con los miembros de la junta para aprobar la compra? Y después ya se podría realizar? Gracias.
Saludos.

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