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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco López

Cómo contabilizar una factura que se paga en más de un ejercicio y cómo aportarla en la justificación del proyecto.

05.11.08

Nos gustaría haceros dos preguntas al respecto:

1.- ¿Cómo y cuándo se contabiliza una factura de 2008 que se paga en 12 mensualidades, algunas del ejercicio siguiente, teniendo en cuanta que obtuvimos ayudas para desarollar ese proyecto en 2008 y no sabemos si las obtendremos en 2009?


2.- ¿Hacemos algo mal si presentamos la factura completa como justificante del gasto a la entidad que nos ha otorgado una ayuda para ese ejercicio o no hay una norma legal en este sentido?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Enrique Rua Alonso de Corrales

Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

Trabaja en:

Asesor particular

07.11.08

Estimado Francisco, el gasto hay que contabilizarlo en función de su devengo, es decir, de la corriente monetaria que representa y no de la corriente finaciera.
Aplicando este criterio tendreis que ver en que año se devenga el gasto, si unicamente en el 2008 o tambien en el 2009, pero siempre con independencia de cuando tengas que realizar los pagos. Por ejemplo si se trata de un gasto de un proyecto que ya se ha desarrollado en el año 2008 el gasto deberá corresponder al 2008, y en el pasivo recogerás una deuda por las mensualidades que tengas pendientes de pago, deuda que deberás ir dando de baja a medida que vayais pagando.
En relación a la ayuda que recibisteis para dicho proyecto, entiendo que te refieres a una subvención o colaboración o concepto similar, ingreso que deberá llevarse al año 2008 ya que se trata de un ingreso que financia un proyecto del 2008 y por tanto se devenga en ese año.
Con respecto a la justificación de la factura hay no puedo ayudarte ya que no se trata de una cuestión contable y por tanto al menos a efectros contables no tienes ninguna normativa a aplicar.
Un cordial saludo
Enrique

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#2

Muy buena

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

07.11.08

Hola Francisco;

Como dice el compañero Enrique para contabilizar la factura debes aplicar el principio de devengo.

Pero respecto al hecho de imputarla a un proyecto o subvención recibida, recuerda que tanto la factura como los comprobantes de pago (cheque, transferencia o recibo) deben de estar comprendidos dentro del plazo de ejecución del proyecto, sinó el financiador no os lo aceptará.

Saludos, Eva.

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#3

Opinión anónima

07.11.08

Estimado Francisco, a la gran respuesta de D. Enrique sólo quiero añadir que tengas en cuenta el periodo de elegibilidad de la subvención, es decir, a las fechas dentro de las cuales han de estar las facturas y sus respectivos pagos..
No vaya a ser que tengas en 2008 la factura dentro del periodo, pero su pago, en 2009 fuera.

Un saludo
Santiago de la Rosa

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#4

Opinión anónima

16.11.08

Estimado Francisco:

Con independencia de los señalado por Enrique, conviene que antes de presentar la justificación te pongas en contacto con los técnicos de la entidad donante de forma tal que puedas plantearle tu caso, no vaya a ser que te encuentres con la desagradable sorpresa de que no acepten el gasto si una parte del mismo se ha pagado con posterioridad a la fecha de cierre del proyecto.

Un cordial saludo.

Las consultas resueltas por los asesores de la Fundación Luis Vives no tienen carácter vinculante.

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