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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Carmen Suarez

¿Cómo debemos contabilizar la compra de un coche y cesión a un socio local?

30.05.12

Hemos comprado en la asociación un coche por valor de 3.150€ para enviarlo a nuestro socio local. ¿Cómo se contabiliza esta compra y su posterior cesión?

Muchas gracias.
Carmen

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

31.05.12

Hola,
Compra
2670(218)Debe
480(472.16)Debe
3150(400)Haber
al pago
3150(400) Debe
3150(572) Haber

La cesión al socio local lo interpreto como un derecho de uso y utilizaría la cuenta 202.(salvo mejor opinión)
3150(202) Debe
3150(218) Haber
Amortización de acuerdo al tiempo de cesión del vehículo
(280) Debe
(680) Haber

Salvo mejor opinión.

Saludos,
Ricardo Paricio
rparicio@yahoo.es

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#2

Aportada por:

Jose Luis Bilbao Beitia

Economista - Asesor Fiscal

Trabaja en:

Asesor particular

01.06.12

Carmen:
No te entiendo muy bien con eso de “enviarlo a nuestro socio local”. Pero entiendo que se lo estás cediendo a otra entidad diferente de la tuya.
En este caso es un hecho similar a un arrendamiento. Tu deberas contabilizarlo como ingreso del ejercicio y la otra entidad como gasto del ejercicio.
En tu contabilidad:
57 a 75
En la de la otra entidad:
62 a 57
Ademas tu deberas amortizar el bien como Inmovilizado material:
681 a 281

En cuanto a la compra del coche, tal como indica el compañero Ricardo.

Un saludo
Jose Luis

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#3

Respuesta del participante:

Carmen Suarez

03.06.12

Muchas gracias por vuestra ayuda.
Si estamos exentos de IVA, ¿hay que contabilizarlo también?
El vendedor ni siquiera ha puesto en la factura el IVA. Sólo ha especificado el valor de la venta.
Lo de enviarlo al socio local me refiero a que no hemos utilizado el coche para nada, pasa directamente al contenedor que estamos preparando. De hecho se va a dar de baja en Tráfico por exportación.
Un saludo. Carmen

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#4

Opinión anónima

04.06.12

Hola Carmen,

Si estáis exentos de IVA, el iva del coche se incluye como mayor valor de la adquisición.

En cuanto a la cesión: a falta de más información. Si es por usufructo, se puede contabilizar tal como comenta Jose Luis, y amortizar el coche anualmente pues sigue siendo de vuestra propiedad. No obstante, también podría entenderse que se entrega también la propiedad, es decir, una especie de donativo o de ayuda a la contraparte. En este caso esa salida del activo,además de la baja en e l inventario, podría llevarse contra una 65. Ayuda no monetaria.

Un saludo,
Salvador
http://puche29blog.wordpress.com/

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#5

Aportada por:

Jose Luis Bilbao Beitia

Economista - Asesor Fiscal

Trabaja en:

Asesor particular

06.06.12

Carmen:
Hay aqui varias contestaciones confusas y contradictorias. Todas estan bien, pero se refieren a hechos economico-contables diferentes.
Con la intención de resumir. El hecho es el siguiente:
Tu entidad compra un coche pera donarselo a otra entidad, pasando la propiedad a ellos. (Corrigeme si no es así)
Para este caso concreto, no activamos como inmovilizado y lógicamente no lo amortizamos. Contabilizamos, a la compra del coche por el propio gasto:
3.150 (651) a (57) 3.150

Para este hecho, esta es la contabilidad. No es necesario realizar mas asientos.

En el caso de que el hecho economico-contable sea diferente del indicado, se contabilizaría de diferente manera.

Un saludo
Jose Luis

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#6

Respuesta del participante:

Carmen Suarez

06.06.12

Muchas gracias José Luis. Efectivamente, como decía, el coche se le da a la otra entidad y nosotros ni lo vamos a utilizar. En todo caso nos firmarán un documento de donación del coche.
Un saludo.
Carmen

solucionesong.org
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