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Consultas Online

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Consulta formulada por:

José - Pidió la baja el 30/11/2011 Rodrigálvarez

¿Cómo debería componerse la nueva junta directiva? en nuestros estatutos no dice nada

01.10.11

Tenemos a la vista una asamblea donde se van a votar dos listas para miembros de la Junta de Gobierno.

Como en los estatutos no pone nada, pregunto: ¿en algún lugar está escrito como se compondrá la nueva Junta? es decir ¿tiene que entrar completa la lista votada o debería ser como en las elecciones sindicales o políticas, se vota y la Junta está formada por la parte proporcional (o aplicando la ley D´Hont) de cada lista que corresponda en función de los votos obtenidos?

De momento, no hay acuerdo entre las dos listas en el modo de hacerlo.

Gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rogelio Sánchez Molero

Abogado experto en fundaciones

Trabaja en:

Asesor particular

04.10.11

Estimado José.

Si, como afirmas en tu consulta, en vuestros Estatutos no ponéis nada, ni tenéis un reglamento de régimen interior que lo recoja, la elección de la junta directiva se podrá hacer, en principio, como lo decida la asmamblea de socios, que es el órgano soberano. Debeis plantearos, no obstante, la subsanación de los estatuos para adecuarlos a lo que dispone el artículo 7.1.h de la L.O. 1/2002 reguladora del derecho de asociación, sobre el contenido mínimo de los estatutos.

Ahora bien, mi criterio es que cada uno de los cargos que compongan la junta directiva (secretario, vocales, tesorero, etc.) se debería elegir de forma individualizada, no mediante listas cerradas. Así podría entenderse del texto de la Ley cuando, en el artículo 11, dispone que sólo los socios mayores de edad, en pleno uso de sus derechos civiles y que no estén incursos en causas de incompatibilidad, podrá formar parte del órgano de gestión (junta directiva o como se le quiera denominar). Así es menos problemático, toda vez que si se establece el sistema de listas, el hecho de que una lista incluyera a alguna persona que no cumpla con los requisitos podría llevar a interpretar si anularía o no la lista completa, lo que podría suponer una limitación de los derechos de determinados socios.

Saludos

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#2

Opinión anónima

04.10.11

Las asociaciones no suelen emplear lista , se hace de forma individual. Las lista cerradas no son buenas en democracia tampoco, pero los políticos están interesados a que así sea y no lo cambian
Y como ben dice Rogelio seria importante subsanar vuestros Estatutos. Suerte

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#3

Opinión anónima

04.10.11

Un consejo: elaborad una propuesta de normas electorales y de votación. Enviadlas con tiempo a los posibles electores y someted estas normas a la aprobación de la Asamblea General antes del punto de la elección en sí de la nueva Junta.
Con ello, quedará disipada cualquier duda sobre la pertinencia y legalidad de la norma utilizada.

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#4

Respuesta del participante:

José - Pidió la baja el 30/11/2011 Rodrigálvarez

04.10.11

Muchas gracias por vuestra opinión, a ver que opinan los implicados.

José

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