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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Coordinador Ecologista de La Vall D'Albaida

¿Cómo formalizamos la baja o despido de una trabajadora a la que volveremos a emplear dentro de 4 meses?

12.04.07

Una de nuestras trabajadoras necesita tomarse 4 meses en el trabajo por motivos personales. ¿Mediante que sistema de despido, cese o baja podemos extinguir el contrato y el correspondiente pago a la S.S y que además ella pueda cobrar del paro durante este periodo, teniendo en cuenta que dentro de 4 meses volveríamos a contratarla?.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

12.04.07

Hola!
La baja hacerla como no voluntaria para que pueda cobrar el paro y dentro de 4 meses la vuelves a contratar. Si ella esta apuntada al paro cuando la vuelvas a contratar mira las bonificaciones que puedas tener.
Un saludo

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#2

Opinión anónima

12.04.07

Como bien dice Nuria, debes despedir a esa trabajadora indicando en su baja en la seguridad social que es una baja no voluntaria. De esta manera la trabajadora podrá solicitar la prestación por desempleo hasta la llegada del nuevo contrato. Eso si, el indicar esta modalidad de baja conlleva para la empresa una serie de responsabilidades, tendrás que indemnizar a la trabajadora con 8 días por año de servicio.

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#3

Opinión anónima

12.04.07

Los compañeros que me antecedieron están en lo correcto, debes hacer una baja no voluntaria.
Saludos

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#4

Aportada por:

Ramon Pamies

Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc

Trabaja en:

Asesor particular

12.04.07

Pero para poder declarar una baja NO voluntaria, si tiene contrato indefinidio, debereis alegar porque se extingue el contrato (aplicacion de regimen disciplinario, causas objetivas de vuestra entidad, etc etc) No vale simplemente alegar Baja No voluntaria, para que pueda cobrar del INEM. Os requeriran documentacion justificativa y explicativa de las causas.

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#5

Opinión anónima

12.04.07

ya te han respondido pero si te vale a nosotros nos sirvio el dar la baja no voluntaria por motivos de retarsos continuados no justificados .

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#6

Aportada por:

Magda Abad Mendez

Soy voluntaria en proyectos de personas mayores

Trabaja en:

Asesor particular

12.04.07

Bueno tambien puede hacer un despido por final de proyecto.
Esta persona es contratada para un proyecto concreto y cuando finaliza el proyecto tambien se acaba en contrato .

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#7

Opinión anónima

14.04.07

Si el contrato es indefinido, la única opción para que cobre el paro es tramitar un despido disciplinario. Ello conlleva la entrega a la trabajadora de una carta con una causa de despido según lo que establece el Art. 54 del Estatuto de los Trabajadores (lo normal es indicar en la carta que se la despide por disminución del rendimiento de trabajo), y poner a su disposición la liquidación y una indemnización de 45 días por año trabajado. Si no se lo pagais y no haceis el procedimiento correcto, sabed que podeis tener problemas en caso de inspección, ya que los acuerdos para que un trabajador cobre el paro no son legales, y ella deberá devolver todas las prestaciones recibidas y a la empresa os pondrían una sanción.
Si al final la decisión es que no cobre el paro, entonces debereis redactar una suspensión de contrato por motivos personales, indicando que durante ese tiempo la trabajadora no percibirá remuneración alguna y se le dará de baja en la Seguridad Social.

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