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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Miriam Montero

¿Cómo podemos conseguir los justificantes de gasto de un proyecto en Bolivia y que sean válidos para una subvención pública de España?

03.11.17

Hola:

Actualmente estamos ejecutado un proyecto financiado por el Ayuntamiento de Villacañas y en breve comenzaremos otro financiado por la Junta de Castilla y León en La Paz con una fundación boliviana como contra parte.

Al pedirles que nos envíen los justificantes del gasto del proyecto en ejecución, y dada la imposibilidad de sacar las facturas originales de Bolivia, tanto por ley como por su obligación de ser auditadas anualmente, miramos la posibilidad de que fueran compulsadas en una notaría, ya que desde hace un tiempo en la OTC se dejó de ofrecer este servicio.

El problema ha sido que, debido a la nueva ley del notario, estos también han dejado de prestar este servicio. La fundación boliviana consultó a unos asesores legales y su respuesta fue la confirmación de la imposibilidad de sacar las facturas del país y de que un notario las compulsase, y les ofrecen una posible solución: que sean ellas las que certifiquen la veracidad de las copias.

Esta solución, no tenemos muy claro que sea válida para justificar una subvención pública española y no sabemos qué hacer para poder tener estos justificantes.

¿Nos podríais orientar?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Insuficiente

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

03.11.17

En la actualidad son totalmente válidas las facturas remitidas por vía telemática (e impresas por el receptor), por lo que el concepto de “original” de la factura cada vez tiene menos sentido y peso jurídico. Cuestión distinta es que para un determinado proyecto o subvención la Administración concedente exija determinados requisitos, como por ejemplo alguna manera de autenticar las facturas o justificantes de gasto de otros países. Por ello, entiendo que lo más práctico es que consultéis con el Ayuntamiento de Villacañas y la Junta de Castilla y León para ver que os dicen al respecto. En todo caso, debe tenerse en cuenta que las facturas electrónicas son totalmente válidas, tal como por ejemplo establece el actual Reglamento de Facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (artículo 9).

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Insuficiente

Aportada por:

Elmer Murcia Aguirre

FUNDAFUTUROORG COLOMBIA Gestión de proyectos, unidades productivas, emprendimiento y dirección de ONG

Trabaja en:

Asesor particular

04.11.17

Es asi, las Facturas electrónicas tienen la validez necesarias, ademas los únicos soportes no serán esos, estan las demas evidencias de gastos e inversiones que son el respaldo.

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#3

Respuesta del participante:

Miriam Montero

07.11.17

El problema es que no es posible en algunos casos conseguir facturas electrónicas porque son comercios pequeños, no grandes empresas que puedan facilitarlos, por tanto estariamos hablando de tickets de caja o recibos, que antiguamente podían ser compulsados por notarios.

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#4

Opinión anónima

15.11.17

si piden un record de gastos del nit de referencia al propio servicio de inpuestos nacionales

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#5

Respuesta del participante:

Miriam Montero

18.11.17

Hola, muchas gracias por vuestras respuestas, pero no nos sirven, ya que de muchos de los justificantes, por no decir todos, no van a ser facturas electrónicas, por tanto seguimos sin tener la solución a nuestra duda.

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