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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Paz Eskamendi Galarreta

¿Cómo podemos convertir en empresa parte de los servicios que prestamos?

16.09.11

Somos una asociación sin ánimo de lucro exenta de IVA y realizamos cursos.

Nos gustaria parte de esos servicios convertirlos en empresa, pero mantener la asociacion,¿es posible? ¿cómo?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

David Pereiro Peláez

Algalia, Servicios para el Tercer Sector. Responsable de estrategia y formación.

Trabaja en:

Plataforma de ONG de Acción Social

16.09.11

Hola, Paz.
Decís quienes sois y que os gustaría. Lo relevante es, ¿por qué?
Desde un punto de vista técnico os diría que antes de nada, es preciso aclarar que entendéis por “empresa”, ya que una definición amplia de “empresa” no incluye implícitamente que esta sea con ánimo de lucro.
Si por “empresa” entendéis darle a estas actividades de formación un objetivo de rendimiento económico, seguid como estáis. La Ley de asociaciones no limita la posibilidad de obtener rendimientos económicos en las actividades que se realizan, limita la posibilidad de repartir entre los asociados esos rendimientos.
Si por “empresa” entendéis el separar jurídicamente el negocio mercantil de la finalidad asociativa, se abren múltiples opciones que pasan por crear nuevas formas jurídicas, como por ejemplo una sociedad limitada (un centro especial de empleo o una empresa de inserción laboral son modalidades de sociedad limitada)
Desde un punto de vista estratégico, es preciso tener claro que el tener beneficios no es incompatible con el ser una entidad sin ánimo de lucro. ¿A que responde esta necesidad de separación? ¿A dónde va a llevar a la misión de la asociación este posible nuevo marco jurídico?
Os invito a que estudiéis detenidamente el tema antes de crear algo nuevo. Guillermo de Ockham recomendaba no multiplicar los entes sin necesidad…
Espero haber sido de ayuda.
Un saludo.

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#2

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

16.09.11

Hola Paz,

Otra posibilidad consiste en crear una Cooperativa, no es una empresa, y puede estar a medio camino entre empresa y asociación.

Saludos,
Ricardo Paricio

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#3

Aportada por:

Francisco Fernando Novillo Verdugo

Proyectos de desarrollo

Trabaja en:

Asesor particular

17.09.11

SI NO TIENES FINES DE LUCRO Y ESTAS EXENTA DEL IVA Y QUIERES FORMAR UNA EMPRESA, DEBE IRTE BIEN PARA TENER LUCRO Y PAGAR IVA.
DEBES CONSTITUIR UNA EMPRESA CON LOS SERVICIOS QUE CONSIDERES RENTABLES Y SEGUIR CON TU ASOCIACION.PUES LA NATURALEZA DE CADA UNA DE ELLAS ES DIFERENTE.

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#4

Aportada por:

Francisco Fernando Novillo Verdugo

Proyectos de desarrollo

Trabaja en:

Asesor particular

17.09.11

SI NO TIENES FINES DE LUCRO Y ESTAS EXENTA DEL IVA Y QUIERES FORMAR UNA EMPRESA, DEBE IRTE BIEN PARA TENER LUCRO Y PAGAR IVA.
DEBES CONSTITUIR UNA EMPRESA CON LOS SERVICIOS QUE CONSIDERES RENTABLES Y SEGUIR CON TU ASOCIACION.PUES LA NATURALEZA DE CADA UNA DE ELLAS ES DIFERENTE.

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#5

Aportada por:

José Luis Torres

Abogado

Trabaja en:

Asesor particular

20.09.11

Decís que quereis formar una empresa para gestionar los cursos y mantener la asociación.

Coincido plenamente con la primera respuesta.

Debeis analizar la necesidad y las razones para constituir la empresa, y así podreis tomar la decisión sobre su marco jurídico. Ya que podríamos ir desde una Sociedad Mercantil (SA, SL…) a una entidad de economía social (S.Coop, S. Laboral…)...

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#6

Opinión anónima

21.09.11

No se trata de convertir voluntariamente en “empresa” una actividad que se está realizando. Toda asociación puede tener ingresos de actividades comerciales, aparte de los propios de la entidad. La diferencia estriba en que los ingresos de la actividad comercial tributan fiscalmente como tales, pudiendo tener que repercutir IVA o no, dependiendo de si dicha actividad esta exenta de IVA, y tributando por dichos beneficios en el Impuesto de Sociedades. Si lo que se pretende es retribuir ciertos cargos con los rendimientos de dicha actividad comercial, eso será posible dependiendo de los estatutos de la asociación. Por otro lado, tal y como dijo anteriormente otro compañero, los beneficios generados no pueden repartirse entre los asociados.

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