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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Cómo puedo proceder para presentarme a las elecciones a la Junta Directiva de mi asociación?

22.09.15

Hola,

Soy socio de una asociación y quería pedirles asesoramiento respecto a la forma de presentar candidaturas a las elecciones de la junta directiva. Les pongo el artículo de los estatutos que hace referencia a la elección:

Los miembros de la junta directiva serán elegidos en votación por la asamblea general de entre las candidaturas integradas por socios que libremente lo soliciten o socios presentados por diez o más asociados.

Mis dudas son:

1. ¿Qué quiere decir la primera parte del artículo: que las candidaturas pueden ser unitarias, conjuntas o que pueden ser de las dos formas?

2. ¿Qué quiere decir la segunda parte del artículo que dice ‘o por socios presentados por diez o más asociados’? ¿quiere decir que si quiero, por ejemplo, ser el presidente en las próximas elecciones tengo que conseguir diez o más socios que apoyen mi deseo de ser el presidente y presentárselo así a la actual junta directiva, entregando yo a la actual junta la petición de cada socio que consiga o son esos diez o más socios quienes de manera individual tienen que enviar escrito a la actual junta diciendo a quien presentan para presidente?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

03.10.15

En relacion con la cuestion planteada, paso a informarle lo siguiente: se somete a consulta un artículo de los estatutos de una entidad asociativa, el cual dispone de forma expresa lo siguiente: “Los miembros de la junta directiva serán elegidos en votación por la asamblea general de entre las candidaturas integradas por socios que libremente lo soliciten o socios presentados por diez o más asociados”.
Del tenor literal de este artículo, cabe entender, en mi opinión, que para la elección de los miembros del órgano de representación la presentación de candidaturas puede venir dada mediante una candidatura unitaria, sin necesidad de presentación de un número de socios de la entidad asociativa, y de forma conjunta, pero con el requisito necesario de la presentación por parte de diez o más socios, coexistiendo en la elección de miembros del órgano de representación ambas formas de presentación de candidaturas.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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