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Consultas Online

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Consulta formulada por:

M.Angeles Moreno Checa

¿Cómo se contabiliza la devolución de una cuota?

15.07.15

Hola,

¿De qué forma se contabiliza la devolución de una cuota?

- Partimos del asiento por el cobro de la cuota: – 721 a 572 X 447

- Si la cuota se devuelve: – 572

¿No se usa la partida 708 para minorizar el ingreso devuelto?
Gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

15.07.15

Buenas tardes Angeles,

Voy a intentar resolver tu consulta:

A mi forma de entender los asientos a realizar serían los siguientes,

En el momento en que nace la obligación de satisfacer la cuota:

DEBE: 447 (Afiliados)
HABER: 721 (Cuotas de afiliados)

En el momento en que se cobra la cuota:

DEBE: 57_ (Tesorería)
HABER: 447 (Afiliados)

Si la cuota no llega a cobrarse o se devuelve, deberíamos de omitir el segundo asiento hasta que ésta se haya satisfecho.

Espero haberte ayudado,

Saludos!

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#2

Opinión anónima

15.07.15

En el caso en que, finalmente, esta cuota no se llegase a pagar y se diese por perdida:

DEBE: 659 (Otras pérdidas en la gestión corriente)
HABER: 447 (Afiliados)

Saludos!

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#3

Aportada por:

Javier Fernández

Titulado Mercantil y Auditor de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

16.07.15

Buenas,

Depende. Si es una cuota regular de un socio, habría que tratarlo como un crédito de dudoso cobro y dotar la correspondiente provisión, a mi modo de ver:

(44xxx) a (7xxx) por el ingreso devengado de la cuota

(572) a (44xxx) por el paso del recibo al banco

(44xxx) a (572) por la devolución del recibo no cobrado

(446) a (44xxx) por la reclasificación del deudor a dudoso cobro.

(694) a (493) por la provisión del deterioro del crédito no cobrado.

Esta provisión, que disminuye el valor de la 44xxx en el balance, se considera provisional y siempre y cuando haya indicios de que se puede cobrar en algún momento.

Por otro lado, si se trata como incobrable definitivamente porque ese socio ya no quiere pagar ni esa ni más cuotas, los asientos serían los siguientes:

(44xxx) a (7xxx) por el ingreso devengado de la cuota

(572) a (44xxx) por el paso del recibo al banco

(44xxx) a (572) por la devolución del recibo no cobrado

(650) a (44xxx) por la pérdida del crédito incobrable definitivo

Saludos.

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#4

Respuesta del participante:

M.Angeles Moreno Checa

16.07.15

Muchas gracias por vuestra ayuda. Ha sido muy ´´útil.,

solucionesong.org
Un proyecto de