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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ana Mateo Benito

¿Cómo se contabiliza la venta de objetos en depósito?

21.03.10

Algunos artesanos nos dejan artículos en depósito y luego les abonamos lo que vendemos. No hay albarán ni factura, ya que son pequeñas cantidades de objetos que elaboran para su venta puntual en mercados


¿Podemos contabilizar esos ingresos como extraordinarios (apenas suponen 300 euros al año)?


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Jaume Navarro Laboria

Asesor Económico Contable

Trabaja en:

Asesor particular

23.03.10

Hola Ana,


Yo entiendo que la venta de estos objetos es una actividad mercantil y, por tanto, hay que declarar el IVA y darse de alta mediante el Modelo 036 en la Delegación de Hacienda correspondiente, aunque el importe no sea grande. La contabilización del gasto la efectuaría en la 650 (Cooperación social) o en la 678.


Saludos cordiales.


Jaume Navarro (jaume.navarro@telefonica.net)

solucionesong.org
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