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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Josune Bejarano Villanueva

¿Cómo se contabiliza una donación en especie que hemos recibido de una empresa que es proveedor nuestro?

22.01.09

Esta empresa, que es un proveedor nuestro de vehiculos ha decidio donarnos una cantidad importante de recambios para los vehiculos en diciembre de 2008. Esto se considera una donación en especie y además nos adjuntan el importe total por el que estan valorados estos recambios. Sin embargo, la donación no se hará efectiva hasta febrero de 2009, y luego los llevaremos a los campamentos. ¿Cómo se contabiliza esta donación? ¿Debemos incluirna en el modelo 182 y declararla como donación en especie?

¡¡Muchisimas gracias de antemano!!

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

27.01.09

Entiendo que la donación está dentro del 2009, por lo tanto si tienes documentada la misma ya la puedes contabilizar a fecha del documento y quedará pendiente de cobrar, en este caso de recibir el material.

Hay que incluirla en el 182

Se contabiliza como cualquier otra donación en especie no importando lo más mínimo que sea proveedors vuestro. Es algo normal, confían en ti para una donación quienes conocen lo que haces.

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#2

Aportada por:

Enrique Rua Alonso de Corrales

Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

Trabaja en:

Asesor particular

27.01.09

Estimada Josune, tal y como plateas la situación creo que la forma mas correcta sería la siguiente:
- Reconocer esas piezas o recambios como inmovilizado material (Cuenta (219), en donde se recogen los recambios con un periodo de almacenamiento superior a una año).
- En cuanto a su valoración la donaciones se valoran al valor razonable de los bienes reciibidos, que como indicas al haberos adjuntado el valor de las piezas no habría problema.
- La contraprestación sería la cuenta (131) Donaciones y legados de capital.
- Los bienes en principio, y en mi opinión no sería inicialmente amortizados ya que no estan en condiciones de funcionamiento hasta que no se incorporen a los vehiculos, y por tanto sino hay gasto inicialmente por amortización tampoco se llevará la donación a ingresos.
- Cuando esas piezas sean incorporadas a los vehiculos, por el coste de las mismas se incrementará el valor contable de los vehiculos y se recalculara la cuantia a amortizar de los mismos.
- Apartir de ese momento el activo donado dejará de estar en la (219) y pasará por tanto a la (218) Elementos de transporte.
- A partir de ese momento y en la misma proporcion que se vaya amortizando esas piezas a través de la amortización del elemento de transporte se deberá ir traspasando la subvención a ingresos.
-Habrá que tener cuidado porque la amortización de dicha pieza comienza cuando se incorpora al vehiculo y finaliza cuando termine la vida util del vehiculo.
De cualquier forma me parece una operación compleja desde el punto de vista de que habría que hacer un seguimiento individualizado de cada pieza para poder aplicar este procedimiento.
Esperemos a ver si a algun compañero se le ocurre, en función de la normativa contable aplicable, una solución mejor.
Un cordial saludo
Enrique

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#3

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

02.02.09

Efectivamente, la donación se produce a efectos fiscales y contables en el año 2009. Si la empresa os solicita certificado de donativos, deberéis incluirla en el modelo 182, marcando la casilla relativa a donaciones en especie.

En cuanto a su contabilización, los bienes donados se contabilizarán en las mismas cuentas (de inmovilizado o de gasto, según proceda) en que se hubieran contabilizado de haberlos adquirido onerosamente, con abono a cuentas 400 de proveedores. El proveedor se dará de baja con abono a la correspondiente cuenta de ingreso de donativos.

Saludos.

Juan@gonzalezpalomino.com

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#4

Opinión anónima

09.02.09

Estimada Josune:

La donación hay que registrarla en el 2009 valorándola al precio razonable de las piezas donadas precio que, en este caso, viene dado por el documento entregado por la empresa en el que se adjunta el importe al que están valorados los recambios.

Será precisamente este valor el que deba constar en el certificado de donación que se habrá de entregar a la empresa donante debiendo entonces recogerlo en el modelo 182.

Un cordial saludo.

Las consultas resueltas por los asesores de la Fundación Luis Vives no tienen carácter vinculante.

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