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Consultas Online

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Consulta Legal - Proyecto Inclusión personas 3ª edad

10.01.19

Somos una fundación que ofrece servicios de apoyo a emprendedores en riesgo de exclusión social, para ayudarles a llevar a cabo un proyecto de autoempleo para el que necesitan formación, acompañamiento (mentoring) mediante nuestra red de voluntarios expertos en diferentes áreas de la empresa, y asesoramiento, en muchos casos jurídico, fiscal, etc.

Uno de los últimos casos que requiere de asesoramiento legal y para el que necesitamos apoyo es el siguiente:

Poyecto Social de Inclusión y ayuda a mujeres, ancianas, que realicen una labor manual, “sacarlas” de sus casas y de la soledad. La idea es vender el producto de Knitting que realicen y que el dinero que se consiga sea reinvertido en ellas, pegándoles facturas de luz, medicamentos, arreglando lo que precisen en sus hogares, incluso asignándoles un “sueldo” si lo necesitaran para completar la pensión, comprar comida, etc.
Como todas ellas, entendemos estarán cobrando pensión, como se puede hacer efectiva a nivel legal la idea tan maravillosa de esta emprendedora en este proyecto tan social? Como se puede compatibilizar a nivel legal y cual sería la estructura?

Gracias y saludos, quedo a la espera de sus comentarios. No duden en contactarme si necesitan información adicional.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

10.01.19

Buenos días.
El proyecto que plantea es plenamente posible, mediante la donación de las labores que realizan las personas mayores a la fundación, y por otro lado la fundación las incluye entre las beneficiarias de sus programas en favor del mayor.
Es un asunto resbaladizo en el que hay que tener habilidades organizativas y conocimiento legal para no caer en presuntas ilegalidades, pero considero que es posible.
Más en www.sulayr.es y/o granada@adade.es

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#2

Respuesta del participante:

10.01.19

Hola Jose Antonio,

gracias por tu respuesta. EL trabajo de estas personas serían entonces donaciones a la fundación, pero, el cobro en servicios/medicamentos/asistencia, incluso el cobro económico (dinero) que reciben estas personas mayores a cambio, como se debe justificar legalmente ante Hacienda y SSSS?

Gracias!

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#3

Respuesta del participante:

10.01.19

Además, disculpa, aun no sabe qué forma jurídica es la más idónea, cual sería? Nosotros somos fundación y tal vez te he confundido. Para dar de alta una fundación es necesaria aportación económica inicial de la que no creo disponga.

Gracias de nuevo!

solucionesong.org
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