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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Julio Salinero Diestro

Contabilización de gastos de formalización de préstamo hipotecario

06.07.21

Hola,

En una empresa que aún NO HA ENTRADO EN FUNCIONAMIENTO hemos pedido un préstamo hipotecario de 4.000.000 € a 20 años para la construcción del edificio necesario para la actividad.

Las dudas son:
- Contabilización de la comisión de apertura por 20.000 €, ¿se contabilizaría todo en el momento del cargo? ¿A qué cuenta? ¿Habría que imputarla a la duración del préstamo?
- Contabilización de los intereses al no haber entrado en funcionamiento la actividad.
- Los gastos de notario, gestoría, y registro, ¿a qué cuenta irían? Si se contabilizan en la fecha de la factura, ¿habría que imputarlos según la duración del préstamo?

Saludos.
Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Javier Marco Cano

Economista, Abogado, Auditor de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

06.07.21

Buenos días. Mi criterio es el siguiente.
Cuando indicas que la entidad no ha entrado en funcionamiento entiendo que si tiene las altas correspondientes en la AEAT. Ese sería un problema fiscal y creo que no es la pregunta.
COn respecto a las dudas de contabilización, el PGC especifica que los pasivos se han de contabilizar a coste amortizado, que es la norma de valoración aplicable. Y se basa en el reconocimiento del pasivo en función del tipo de interés efectivo de la operación.
Esto, obviamente, depende de la importancia relativa, pero lo que es obvio es que la comisión de apertura no es un gasto del ejercicio y ha de ser contabilizada a coste amortizado y en otro caso, periodificarla en función de la vida del préstamo. Analiza, por tanto, la importancia relativa del citado gasto.
Con respecto a los intereses, al ser un coste financiero, independientemente que se haya o no iniciado la actividad son cargos en el subgrupo 66 con abono a la cuenta correspondiente.
Y con respecto a los gastos de gestoría y demás, tampoco son gastos del ejercicio y se han de contabilizar como más valor del inmovilizado, traspasando a resultados los mismos en función de la amortización del inmueble y teniendo en cuenta su vida útil.
Espero haberte ayudado.
Saludos
Javier Marco

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#2

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

06.07.21

Saludos desde Granada.
Nuestro criterio sobre su consulta es el siguiente:
Según la norma de registro y valoración 2ª.1 del PGC:
“En los inmovilizados que necesiten un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del inmovilizado material y que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, fabricación o construcción.”
En base a lo anterior tanto las respuestas a las dudas son las siguientes: 1)Contabilización de la comisión de apertura por 20.000 €, ¿
Se contabilizaría todo en el momento del cargo.
A qué cuenta o habría que imputarla a la duración del préstamo ?.
Se contabiliza como mayor coste del inmovilizado, cuenta 211.
2) Contabilización de los intereses al no haber entrado en funcionamiento la actividad.
Dichos intereses se contabilizan como mayor coste del edificio en curso mientras no finalicen las obras de construcción del edificio. Cuenta 211 o 231
Una vez el edificio se termine y esté en condiciones de funcionamiento se contabilizarán los gastos financieros de dichos ejercicios como gastos financieros. Cuenta 6623.
3) Los gastos de notario, gestoría, y registro, a qué cuenta irían y si se contabilizan en la fecha de la factura o habría que imputarlos según la duración del préstamo.
Estos gastos se contabilizan en la fecha de emisión de la factura en la cuenta de gastos de profesionales. Cuenta 623.

(C) www.sulayr.com

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#3

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

06.07.21

Hola Julio.
No voy a aportar nada sobre lo que te han comentado perfectamente mis compañeros, pero si aclararte que este foro de consultas está orientado y destinado a ONG y no a empresas particulares, las cuales disponen de otros recursos tantos gratuitos como de pago.

Obviamente dejo esto a criterio de los moderadores, pero te lo comento por si no te has situado el sitio concreto.

Un saludo.-

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#4

Respuesta del participante:

Julio Salinero Diestro

07.07.21

Disculpa estimado Manuel, es que efectivamente en el enunciado de mi pregunta comienzo diciendo que es una empresa, pero no es así, trabajo en una Asociación sin ánimo de lucro.
Saludos.

solucionesong.org
Un proyecto de