Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Nieves García

Contabilización de la prima del seguro de voluntariado

12.10.05

Al contabilizar el pago anual de una prima del seguro de voluntariado (responsabilidad civil y accidentes) que tenemos contratado como ONGD, ¿lo correcto sería llevarla a la cuenta 625-Primas de seguros?. Es que veo en alguna consulta resuelta, que indicáis debería ir a la cta 653-Compensación de gastos por prestaciones de colaboración, y no lo tengo claro.

Muchas gracias!

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

13.10.05

Tal como establece el Plan General de Contabilidad, el cuadro de cuentas no es obligatorio en cuanto a la numeración de las cuentas y denominación de las mismas, si bien constituye una guía o referente obligado en relación con los epígrafes de las cuentas anuales.

Por lo tanto, siendo razonables las dos opciones que planteas, elige la que mejor te parezca.

Juan González Martín-Palomino.
gonzalezpalomino@icacr.com

avatar
#2

Opinión anónima

16.10.05

Estimada Nieves:

Estando de acuerdo con Juan, mi recomendación sería contabilizarlo en la cuenta 625 “Primas de seguro” que como bien sabes comprende las cantidades que se satisfacen en concepto de primas de seguros, excepto las que se refieren al personal de la entidad que se ha de cargar en las cuentas del subgrupo 64 (Gastos de Personal).

Un cordial saludo.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.

solucionesong.org
Un proyecto de